Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Yihadista... pero menos

Rebajan de 24 a 6 meses de prisión la pena a un vecino de Elche condenado por enaltecimiento de terrorismo y humillación a las víctimas

Una imagen de archivo de la detención de un supuesto yihadista en la provincia de Alicante. MORELL/EFE

La Audiencia Nacional ha rebajado de 24 a 6 meses la prisión para un vecino de Torrellano condenado por enaltecimiento de terrorismo y humillación a las víctimas a través de una red social. Le rebaja la condena, en resumidas cuentas, porque sus mensajes no tuvieron gran difusión, ya que apenas tenía seguidores y no levantaron demasiados comentarios en la misma línea.

El tribunal con sede en Madrid ha rebajado sensiblemente la condena al vecino de la pedanía ilicitana de Torrellano que entre 2016 y 2018 incurrió en un delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación. A finales del pasado año fue condenado a la pena de dos años y un día de prisión, así como a un año de libertad vigilada. No obstante, tras apelar, la Audiencia Nacional ha acortado la pena de prisión a seis meses.

«Demostrado, un yihadista para ser derrotado necesita seis policías armados hasta los dientes. Así de fuertes son los elegidos por el profeta»; «Dios bendiga Allah matar a todos los cruzados de este bendito planeta el fin de los infieles va a pasos agigantados»; «Debéis votar un partido Islamista en España así seréis perdonados infieles»; «contigo pronto Allah expulsará a los españoles y podremos rezar juntos en la mezquita de Córdoba»; «Así es como caen los perros traidores de los iraquís aliados de los cruzados occidentales, tienen miedo por Allah sabe que está enfadado con ellos, sin embargo el soldado de ISIS libre y fiel a la justa yihad avanzo con su vehículo sin temor toda una columna de carros blindados financiados por los cruzados y destrozó a todo enemigo que se cruzó por su camino». Estos eran algunos de los mensajes que lanzaba el condenado.

El tribunal, en un fallo reciente, entiende que el acusado hacía comentarios en una conocida red social como si fuese un partidario del Estado Islámico, aunque ni siquiera era musulmán, todo ello en un ambiente virtual. Sus frases eran contestadas con crudeza por otros usuarios internautas.

No obstante, a juicio de la Audiencia Nacional, el riesgo generado no fue tan elevado como si hubiesen tenido mayor difusión o se hubiesen podido difundir sin las críticas que levantaron.

«Todo ello implica una menor peligrosidad que justifica que debamos acudir a la aplicación del art. 579 bis 4, que reclama la defensa, y a la estimación de este motivo de recurso. Rebaja que vamos a aplicar en dos grados, tanto en la pena privativa de libertad como en la multa, en atención a la escasa peligrosidad, y a las circunstancias que han quedado expuestas del acusado», según el fallo que ha trascendido.

En concreto, entre los meses de junio de 2016 y enero de 2018, el vecino de Torrellano lanzó mensajes cuyo contenido se considera en cualquier caso «laudatorio de las actividades y de personajes relevantes de la organización terrorista del Estado Islámico, incitando a la violencia en redes sociales abiertas. Ello pese a no tener relación con esta organización ni con sus miembros, ni pretender colaborar o participar en sus actividades, viajar a territorios en conflicto o realizar acto alguno de carácter terrorista».

Lo último en INF+

Compartir el artículo

stats