La Sección Séptima de la Audiencia, con sede en Elche, condenó ayer en sala, tras un acuerdo entre defensa y acusación pública, a dos imputados por propinar una paliza a un hombre que había mediado en una pelea. Los hechos ocurrieron hace algo más de ocho años, concretamente, en mayo de 2011, en una de las discotecas situada en la zona de ocio del polígono de Altabix. La víctima ha tenido que esperar una sentencia en la que se asuma la responsabilidad de los hechos al cabo una larga espera como consecuencia del exceso de carga que sufre la sección VII de la Audiencia.

Pese a asumir su participación en los hechos, los dos implicados han recibido penas distintas atendiendo a las circunstancias personales. Uno de ellos fue condenado a un año de prisión, mientras que el segundo ha visto elevada en medio año la pena de cárcel al tener antecedentes por haber cometido en el pasado delitos similares.

La Fiscalía, según confirmó ayer a este diario, llegó a un acuerdo de conformidad con los acusados para cerrar el caso y dictar sentencia firme en la sesión celebrada ayer. Un pacto que evitó el juicio al reconocer los procesados los hechos de los que se le acusaba el Ministerio Público y aceptar la pena de prisión.

El altercado se inició cuando la víctima, según señalaron fuentes judiciales, trató de mediar en una pelea iniciada en una discoteca, para tratar de poner fin al conflicto. Lejos de conseguir su propósito, en ese momento, uno de los acusados le propinó un cabezazo, con tal fuerza que provocó que se cayera al suelo. A este primer golpe le siguieron varias patadas, también en la cabeza, lo que le provocó la rotura y el desplazamiento del tabique nasal, según han explicado desde la Fiscalía, por lo que el joven necesitó atención médica, tuvo que ser intervenido al desplazarse el tabique nasal y le ha quedado una cicatriz, ocasionándole además un perjuicio estético.

Rebaja

El acuerdo al que han llegado las partes contempla la rebaja de la pena al aplicar dos atenuantes, si bien no trascendió cuánto tiempo de prisión pedía inicialmente el Ministerio Público para cada uno de los acusados. Por un lado, la Fiscalía admitió el de dilaciones indebidas, ya que han pasado más de ocho años desde que se produjeron los hechos hasta que el caso ha podido ser juzgado por el tribunal.

Por otra parte, también se tuvo en cuenta en cuenta la reparación del daño causado, pues los implicados han abonado ya, antes de que se celebrara la sesión, los 4.000 euros que el Ministerio Público pedía para la víctima por los daños y secuelas ocasionados como fruto de la agresión. Sin embargo, al tratarse de una pena inferior a los dos años de prisión, la condena quedó suspendida, aunque con la condición de que ambos no vuelvan a delinquir durante el tiempo de la misma.De lo contrario, sí tendrán que ingresar en instituciones penitenciarias.