El inicio de las declaraciones de los 34 acusados del caso Brugal, la trama que investiga un supuesto amaño de la contrata de basuras de Orihuela, está en el aire después de que la Fiscalía y la acusación particular hayan pedido a la Sección Séptima de la Audiencia retrasar una semana estas comparecencias. El Ministerio Público pidió esta prórroga para replantear su estrategia de cara a la acusación después del duro varapalo que supuso la anulación de todas las escuchas telefónicas desde enero de 2008, más de tres años de pinchazos telefónicos que no podrán usarse como prueba en el juicio y que, en el caso de alguno de los 34 investigados, formaban la prueba fundamental para demostrar los presuntos delitos de defraudación, prevaricación, cohecho, negociaciones prohibidas a funcionarios, tráfico de influencias, revelación de información privilegiada y de secretos, delito electoral, asociación ilícita, extorsión y coacciones en grado de tentativa que les imputa la Fiscalía Anticorrupción y la acusación particular -el Ayuntamiento de Orihuela-.

Según el calendario elaborado por la sala, hoy debería reanudarse el juicio, con la declaración de los acusados, y que se prolongará varias semanas. Sin embargo, el tribunal pondrá sobre la mesa, hoy, a partir de las 10 horas, la petición del Ministerio Público, a la que se ha adherido el abogado de la acusación particular, Miguel Porras, para que los letrados de la defensa puedan realizar alegaciones y resolver así ese requerimiento que pospondría la declaración de Fenoll, para quien solicitan 37 años de prisión, hasta el próximo martes. Miguel Porras señaló ayer a INFORMACIÓN que «entendemos que la sala otorgará ese plazo extra», debido a las consecuencias que ha tenido para la acusación el auto dictado por el tribunal hace tan solo unos días, y en el que, en una decisión que sorprendió a las partes por su excepcionalidad, resolvió las cuestiones previas planteadas por la defensa, en lugar de esperar a resolverlas en sentencia, como es habitual, y en el que declaraba nulas todas las escuchas desde enero de 2008 al no estar suficientemente motivadas por parte del juzgado instructor, por lo que se habían vulnerado derechos fundamentales -concretamente el del derecho al secreto de las comunicaciones-.

«Consecuencias graves»

El hecho de que la Fiscalía y la acusación particular tengan que reformular ahora su acusación no hace más que evidenciar el duro varapalo que ha puesto esa decisión en esa estrategia de acusación. «Negar que las consecuencias son graves sería absurdo», asegura Miguel Porras, pero «estoy especializado en delitos de prevaricación y otras cuestiones administrativas donde en el 95% de los casos no hay escuchas telefónicas y se consiguen sentencias condenatorias» por lo que no lo da todo por perdido. Al menos, en lo que se refiere a los principales acusados, pues sí reconoce que hay delitos, como el del fraude electoral, cuya acusación se sostenía principalmente en las intervenciones telefónicas.

El auto dictado el pasado 26 de abril seguirá dando que hablar, previsiblemente, a lo largo de todo el juicio. «Será inevitable que, sobre todo al principio, en los interrogatorios, se frenen preguntas o se entre, inconscientemente, en asuntos relacionados con esas escuchas y que estas queden fuera», añade. Además, existen algunas cuestiones que a día de hoy están en el aire, pues si bien el tribunal asegura que quedan fuera todas las pruebas que se derivaban de esas conversaciones anuladas, «no se especifica cuáles son, si es solo una parte, y qué se puede usar y qué no», concluye el letrado. Por tanto, habrá que esperar a que comience esa toma de declaraciones para determinar el desarrollo del juicio y la trascendencia del auto dictado hace unos días.

Las duras críticas a la instrucción: errores y falta de motivación

El motivo de la petición de la Fiscalía Anticorrupción para retrasar la toma de la declaraciones pasa por la gran trascendencia del auto dictado a finales del mes pasado en el que se anula las escuchas telefónicas. Un pronunciamiento que tiene como objetivo dar respuesta a las cuestiones previas planteadas por la defensa y que, en un movimiento excepcional, el tribunal quiso resolver antes de dictar sentencia, aunque lo normal, según reconoce la propia sala en el escrito, sea resolver en sentencia. Sin embargo, los magistrados aluden a la complejidad de la causa y al hecho de no querer contaminar el proceso para justificar esta decisión. El tribunal fundamenta la invalidez de las escuchas a partir de enero de 2008 argumentando que no están lo suficientemente motivadas. Los magistrados aluden en incontables ocasiones a los errores de los autos que ordenan estos pinchazos telefónicos, y a la falta de argumentos que los motiven, quebrantando derechos fundamentales de los acusados. Es más, los magistrados cargan contra las resoluciones judiciales desde su inicio, llegando a asegurar que el «auto de incoación de diligencias previas de 8 de marzo de 2007, no es quizá tan técnicamente perfecto como puede esperarse de aquel que da inicio a una investigación de asuntos de corrupción y ello no puede negarse», aunque asegura que esas diligencias iniciales sí son válidas.«El Auto de incoación de previas se acomoda a lo establecido en el art. 774 LECRIM, con independencia de que no sea paradigma de exacta motivación», concluye el tribunal.