La junta electoral de zona de Elche ha decidido archivar una denuncia del PP a raíz, al parecer, de una rueda de prensa que protagonizó el pasado martes la edil de Bienestar Social, Tere Maciá, y en la que, según siempre fuentes cercanas a este grupo de la oposición, realizó un balance de gestión de los últimos años como miembro del equipo de gobierno. Al parecer, la junta electoral está empezando a tener ya un poco de trabajo en este sentido con respecto a otro tipo de denuncias que finalmente no han trascendido.

El PSOE y la propia concejala presentaron alegaciones inmediatamente en relación a la denuncia formulada por un representante del PP y, previa deliberación, la junta ha acordado proceder al archivo de la denuncia mencionada "puesto que de la documentación aportada no se desprende que la información proporcionada por la concejala de Bienestar Social haya vulnerado lo dispuesto en el artículo 50.2 de la Loreg" (Ley Orgánica del Régimen Electoral General), según se recoge en la propia resolución

Según este artículo, «desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones».

Asimismo, se recoge que deben entenderse comprendidas en dicha prohibición, entre otras actividades, "la edición y reparto durante el periodo electoral con financiación directa o indirecta de los poderes públicos, de libros, revistas, folletos, cuadernos, catálogos, trípticos, soportes electrónicos (cd, dvd, memorias usb, etc...); el envío de correos electrónicos o de mensajes sms; la distribución de contenidos por radiofrecuencia (bluetooth), o la inserción de anuncios en los medios de comunicación, que contengan alusiones a los logros obtenidos por cualquier poder público, o que utilicen imágenes, sintonías o expresiones coincidentes o similares a las empleadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones".

Según nota de prensa enviada por el Ayuntamiento de Elche al respecto, la resolución de la junta dice que "la documentación aportada se refiere a la repercusión en el Ayuntamiento de Elche de medidas adoptadas por la Generalitat Valenciana y lo hace en términos objetivos sin que quepa apreciar alusiones a logros o realizaciones del propio Ayuntamiento de Elche".

Dicho acuerdo de la junta electoral de zona de Elche es recurrible ante la junta electoral provincial, la cual debe resolver en el plazo de cinco días a contar desde la interposición del recurso, algo que habrá que realizar dentro de las 24 horas siguientes a la notificación del acuerdo y ante la junta que lo hubiera redactado.

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