La Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) ha desestimado el recurso de alzada que presentó la comunidad de regantes Sexta y Séptima Elevación de Elche contra la modificación de las ordenanzas que regulan el funcionamiento de la junta de gobierno de Riegos de Levante. De esta forma, la confederación considera que la modificación del reglamento que propuso la cúpula de Riegos de Levante, con el propósito de impedir que las comunidades minoritarias bloqueasen el funcionamiento de la entidad faltando a las reuniones, se llevó a cabo conforme a derecho.

La polémica tiene su origen en la modificación de varios artículos de las ordenanzas de Riegos de Levante que se aprobó en la asamblea general que se llevó a cabo el pasado 23 de mayo de 2018. Desde esa fecha, el reglamento de la comunidad general, que aglutina a ocho comunidades de base, con más de 22.000 regantes, permite que se celebren las juntas de gobierno siempre y cuando estén representados la mayoría de los regantes en las reuniones en las que se adoptan decisiones importantes para la gestión de la entidad.

La cúpula de Riegos de Levante, presidida por Javier Berenguer, propuso la modificación de las ordenanzas después de tener que suspender varias sesiones de la junta de gobierno por falta de quórum, al no presentarse representantes de comunidades de base minoritarias. Hasta entonces las ordenanzas estipulaban que las reuniones solo se podían celebrar si estaban presentes la mayoría de sus miembros, con independencia del número de regantes al que representaran.

En la alegación, los opositores a este cambio, aseguraron que esta modificación rebajó el quórum de asistencia a las juntas de gobierno, dejando la válida constitución a aquellas comunidades que ostentan la mayoría.

Uso «torticero»

No obstante, desde la cúpula de Riegos de Levante expusieron que existía «una minoría de bloqueo que ha sido torticeramente empleada por los recurrentes cuando el orden del día no sido de su agrado». Por este motivo, según recoge la resolución de la CHS, «la no asistencia reiterada de esa minoría de bloqueo ha supuesto tener que llevar a la asamblea general la adopción de acuerdos que no pudieron ser debatidos en la junta».

En su resolución la CHS admite que en las ordenanzas «no existe una regulación expresa relativa a la válida constitución de la junta de gobierno», y que la reforma que se propuso «pretende terminar con este vacío y otorgar mayores garantías para su funcionamiento».

De hecho, sostiene que la «modificación puede constituir una herramienta para atenuar el bloqueo de la junta de gobierno derivado de la inasistencia de vocales de representantes de comunidades minoritarias en la comunidad general, lo cual perjudica el funcionamiento de la comunidad general».

Tasazo

Este no es el único asunto polémico sobre el que se ha pronunciado la Confederación Hidrográfica del Segura, que ha inadmitido a trámite una decena de recursos presentados por las comunidades del Cuarto de Levante y Séptima de la Peña, Sexta y Séptima, Bacarot , Huerta de Alicante y Crevillent, que se oponen al sistema adoptado por Riegos de Levante para repartir el polémico «tasazo», el impuesto que pagan los regantes por ser usuarios del trasvase Tajo-Segura.

Estas comunidades quieren que el coste se reparta entre los comuneros que hacen uso del agua, mientras que Riegos de Levante está diviendo su importe entre todos los comuneros con derecho a riego, aunque haya quien no hace uso del agua.

La CHS ha rechazado todos los recursos argumentando que carece de competencia para analizar la conformidad de los acuerdos que aprueban las liquidaciones giradas a las comunidades de base, y concreta que al presentar un carácter económico-administrativo es el Tribunal Económico Administrativo el competente para conocer el asunto.