L a sección VII de la Audiencia dictó ayer una sentencia por la cual condena a Sten Henriksen, de 23 años, a una pena de seis años de internamiento en el centro Psiquiátrico de Fontcalent después de que el fiscal y la defensa llegaran a un acuerdo para poner fin al procedimiento, lo que conllevó de forma automática la disolución del jurado popular que lo estaba juzgado. Los hechos ocurrieron en un bungalow de Arenales del Sol en diciembre de 2004.

El hecho de que no existieran pruebas directas del crimen, unido a las declaraciones vertidas tanto por testigos como por peritos a lo largo del procedimiento, aconsejó a ambas partes llegar a una solución intermedia entre los 18 años de cárcel que solicitaba la Fiscalía por un delito de asesinato y la libre absolución de la defensa, que se fundaba en la falta de pruebas o, subsidiariamente, en una supuesta inimputabilidad del procesado.

Para llegar a esta solución, el fiscal modificó sus conclusiones, eliminando de las mismas la agravante de ensañamiento, después de que los forenses testificaran que la única herida mortal que presentaba fue la primera o segunda puñalada que recibió y que las otras veinticuatro eran posteriores, cuando probablemente estaba ya inconsciente o muerto.

Alcohol Igualmente, a tenor de la declaración de un camarero, que testificó que el procesado había ingerido gran cantidad de alcohol aquella noche, el fiscal admitió que en el momento de consumar los hechos se encontraba limitada su voluntad, por lo que aprecia una eximente incompleta.

La Audiencia no permitirá que los cuatro años que al acusado le quedan por cumplir de la pena sean en su país de origen por lo cual deberá continuar tratamiento psiquiátrico en un centro penitenciario en España, probablemente en Fontcalent, pues padece una enfermedad mental diagnosticada y tratada en Noruega.