La Sección Séptima de la Audiencia provincial de Alicante, con sede en Elche, acogió ayer un juicio contra una empresa acusada de estafar 102.000 euros a otra mercantil, a la que compró lotes de calzado que no llegó a pagar. El contrato de compraventa establecía que el abono de las cantidades se realizaría a través de letras bancarias, que no se cobraron. La mercantil demandante sostiene que, en el momento de la firma del contrato, los querellados ya sabían que no iban a asumir el pago. Un requisito indispensable, el del dolo, para que, según el Código Penal, haya estafa.

Sin embargo, el Ministerio Público pidió ayer la libre absolución de la empresa denunciada al entender que no existía esa voluntad de engaño y que los impagos se debieron a una situación de insolvencia sobrevenida. El principal argumento de la Fiscalía es que entre estas dos mercantiles ya existían relaciones comerciales anteriores a este operación, que se habían saldado con éxito, por lo que la voluntad de los querellados no era engañar a los perjudicados.

El caso llega a los tribunales 18 años después de que se produjeran los hechos denunciados. La instrucción del caso terminó en 2009 y se remitió a la Audiencia, que ha tardado nueve años en señalar el juicio.