En este sentido, Juan Carlos Altet explica que «tener normas implica la obligatoriedad de comunicarlas a la Administración autonómica, que las revisa y acepta, y a los clientes». Por este motivo, el hostelero, tal y como indica, cuenta con un cartel en la entrada de su establecimiento en el que figuran las normas por la que se rige el derecho de admisión. Unas normas que él mismo tuvo que poner en conocimiento de la Generalitat Valenciana, para que se las autorizase, pagando la tasa correspondiente.

«Las normas tienen que estar expuestas en la entrada del local. No basta con colocar un cartel que diga que la empresa tiene reservado el derecho de admisión», expone el empresario de Elche, y que es lo que se encuentra en la mayoría de establecimientos, que no detallan con exactitud las normas por la que se acogen a este derecho que posibilita la legislación actual.

En este establecimiento se puede ver al entrar el cartel en el que se informa que para acceder al mismo hay que tener más de 21 años, ir correctamente vestido, no molestar a los clientes, no consumir drogas y no estar en estado de embriaguez.