La nueva ordenanza del ruido aprobada por el Ayuntamiento de Elche y que ya está en fase de exposición pública, recoge dos horas más de descanso para los vecinos de la ciudad, ya que amplía las horas en las que no se pueden realizar grandes estruendos. Así, mudanzas, traslados de muebles, fiestas, y otras actividades de gran carga sonora, quedarán prohibidas a partir de las 22 horas, y hasta las 8 de la mañana. El objetivo pasa por mejorar las horas de descanso de los vecinos, por lo que las restricciones de contaminación acústica de prolongarán durante los viernes, fines de semana y vísperas de festivos, donde las mudanzas, obras y otras actividades ruidosas estarán limitadas desde las 22 horas hasta las 9.30 horas de la mañana.

La anterior Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica establecía las limitaciones de ruido de 23 a 7 horas durante los siete días de la semana, por lo que el nuevo texto supondrá una mejora en los fines de semana y días festivos. Por tanto, más a allá de regular las actividades comerciales, de hostelería y ocio, también supondrá un cambio en cuanto al comportamiento cívico y la convivencia vecinal, al aumentar las restricciones de ruido tanto en las viviendas como fuera de ellas.

Así, también estará prohibido por los particulares el uso en el exterior de aparatos de megafonía o cualquier dispositivo sonoro con el fin de realizar propagandas, avisos u otros fines. Asimismo, el texto también recoge la prohibición de gritar o vociferar en la vía pública, explotar petardos o elementos pirotécnicos fuera de lugares y ocasiones autorizados. Otra de las prohibiciones pasa por la utilización de aparatos de reproducción sonara funcionando a un volumen elevando, así como conversaciones en grupo con alto nivel sonoro.

Vehículos

En cuanto a los vehículos, no estará permitido circular con silenciadores deteriorados, lo que se considerará una infracción leve, con multas desde los 60 a los 600 euros. La misma infracción será estacional el coche con el motor en marcha durante la noche, salvo salida inmediata. Es decir, que no se podrá estacionar con el motor al ralentí. Accionar la bocina , aceleraciones injustificados y otras acciones que generen un ruido por encima de lo permitible, también serán objeto de sanciones administrativas. Lo que se considerará una infracción grave será la circulación con silenciador deliberadamente manipulado, o directamente la circulación con el «escape libre». Estas multas incrementan las sanciones desde los 600 a los 6.000 euros.

Circular con el volumen de la música elevado y las ventanas, puertas y maleteros abiertos también supondrá una sanción grave.

Alarmas

Otro de los aspectos que recoge la ordenanza pasa por la instalación de alarmas en viviendas y locales, limitando el nivel de decibelios y el tiempo de funcionamiento de estos dispositivos. Así, en las alarmas que emiten el sonido al exterior, el límite seguirá siendo de 85 decibelios medidos a tres metros de distancia y en la dirección de máxima emisión sonora. En cuanto a las alarmas que emiten hacia elementos interiores comunes de uso público o compartido, el límite se establece en 80 decibelios en las mismas condiciones. El tiempo de emisión del sonido de alarma no podrá superar los 60 segundos, y solo se permite que la señal sonora se repita un máximo de tres veces, separadas cada una de ellas un mínimo de 30 segundo y un máximo de 60.