? El auto de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial, con sede en Elche, fue clave para desbloquear el procedimiento después de que se archivara la causa y el Ministerio Fiscal decidiera no formular su escrito de acusación. En la resolución judicial del año 2008 se ordena que el juzgado siga con la causa para dictaminar si la conducta enjuiciada es constitutiva de delito. Asimismo, la Audiencia Provincial considera que, en principio, carece de relevancia penal el error de diagnóstico o de tratamiento, salvo que por su entidad y dimensiones constituya una equivocación inexcusable. También precisa que «el reproche de culpabilidad viene dado no tanto por el error, sino por la dejación, el abandono, la negligencia y el descuido de la atención». Con todo ello, el organismo judicial señala que, tras un examen de todo lo actuado, «existen indicios de que no se llevó a cabo un diagnóstico completo por falta de pruebas necesarias, partiendo del cuadro clínico que presentaba el paciente». La Audiencia Provincial continúa diciendo que «tan solo consta la repetición de pruebas ya realizadas con anterioridad, pero sin indagar en otra posible causa de la sintomatología padecida».