Las oposiciones de promoción interna en el Consorcio Provincial para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Alicante han llegado a los juzgados. Dos recursos contencioso-administrativos que ya se han registrado en Alicante impugnan las bases para acceder a las plazas de cabo y de sargento de bomberos por permitir que se presenten candidatos con titulación diferente a la exigida por ley. Será el juez quien decida si la convocatoria se ajusta a la legalidad, pero, además, las demandas solicitan que se paralicen los procesos de forma cautelar a la vista de la extensa documentación aportada y de la difícil reparación del daño que se produciría si finalmente se da la razón a los demandantes. En concreto, los recursos se refieren a la base segunda, que fija los requisitos de los aspirantes, y que permite participar en la oposición a quienes estén en posesión de «título de técnico superior o de técnico especialista (antigua formación profesional de II grado) "o superior"», algo que según los recurrentes contradice por completo la legislación tanto a nivel estatal como autonómico, y que se ha introducido «para favorecer que se puedan presentar determinadas personas con este perfil».

El delegado sindical del Consorcio Javier García Miñano (quien personalmente ha impugnado las bases de cabo) expone que «toda la legislación aplicable en materia de titulación exigida para acceso o promoción interna a grupo B exige estar en posesión de un título de técnico superior. Precisamente este grupo B se creó para darle cabida a la Formación Profesional de grado superior y no universitaria».

Los recurrentes esgrimen que la Ley de Bomberos de 2011 encuadró a todos los mandos (sargentos, cabos y suboficiales) en el grupo B, y tanto la Ley de Función Pública Valenciana como el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público señalan que para el acceso a esta categoría sólo sirve la titulación de técnico superior. Más aún, la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Consorcio señala que estos puestos corresponden a titulaciones de técnico superior, y nada se dice de alternativas como la de titulación universitaria.

«El Consorcio va contra las leyes tanto estatales como autonómicas, contra su propia RPT, contra toda la legislación aplicable e incluso en contra de un informe técnico del gabinete jurídico de la Generalitat Valenciana, acogiéndose solo a una directiva con carácter de recomendación del Director General de la Agencia de Seguridad y Respuesta a las Emergencias que no tiene validez jurídica, generando una dispensa de titulación que es anticonsitucional», señala García Miñano.

Tribunal

El tribunal de las oposiciones está pendiente de publicar la lista definitiva de admitidos y excluidos, después de haber rechazado ya los recursos de muchos de los interesados. Prácticamente la mitad de los opositores que se presentaron tanto a cabo como a sargento registraron individualmente recursos con el mismo contenido en los que solicitaban «que se exijan los requisitos recogidos en la legislación vigente en materia de promoción interna y titilación a los diferentes grupos de funcionariado, en función del grupo que encuadre la plaza convocada».

García Miñano sostiene que en otras comunidades han bastado media docena de recursos de opositores para que se paralizaran los procesos, pero que en el caso de la Diputación de Alicante se aferran a seguir adelante con la convocatoria, por lo que añade que «esperamos que el presidente de la Diputación, César Sánchez, tome medidas para que no se cometa una ilegalidad». Mientras tanto, otros consorcios de la Comunidad Valenciana tienen la mirada puesta en Alicante, y los sindicatos del Consorcio de Bomberos de Valencia «se están movilizando para denunciar igual que nosotros si convocan de la misma forma, admitiendo titulación superior a la exigida, porque el borrador de sus bases va en esa misma línea».

«Se han apartado de lo que marca la legislación intentando favorecer a gente que no dispone de esta titulación, sino que tiene titulación superior, pero sin embargo excluyendo a los que tienen titulación inferior cuando admitirles sería igual de ilegal: sólo han abierto la mano a los de titulación superior». Las bases de suboficial, que aún no se han publicado, podrán seguir el mismo camino hacia el juzgado si los requisitos se mantienen.

«Desde que en 2011 entró en vigor la Ley de Bomberos -que pedía que para la escala de mando había que tener titulación de técnico superior-, el 75% de la plantilla se ha estado preparando para cumplir los requisitos, y de hecho más del 80% de los admitidos lo cumplen; el resto son universitarios para los que no está reservado el grupo B, pues les corresponde el grupo A, subgrupos A1 y A2».

En una situación parecida (aunque no equiparable) se encontraron técnicos informáticos de la Conselleria de Justicia que quedaron excluidos de una oposición por tener titulación superior a la exigida. Por eso, en este caso los recurrentes afirman que no entienden por que la Diputación se aparta del criterio legal que ha marcado la Generalitat Valenciana.