Un hombre de 38 años ha sido condenado a siete años y tres meses de prisión por disparar al aire y contra un portero en el aparcamiento de una discoteca de Almoradí, una mañana de 2009. La Sección Séptima de la Audiencia en Elche le ha condenado por dos delitos de lesiones (ya que los disparos alcanzaron a un cliente en el hombro y a un vigilante de seguridad en una pierna), otro de tenencia ilícita de armas (debido a que el revólver tenía el número de identificación borrado y él carecía de licencia) y por los daños causados a dos vehículos también a consecuencia de dos disparos. La resolución judicial no ha seguido así la tesis del Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares -que calificaban los hechos como dos tentativas de homicidio y pedían un total de 20 años de prisión-, al entender que el hombre pudo haber acabado con la vida de las personas heridas si hubiera querido.

Los hechos ocurrieron en una madrugada de sábado a domingo, en junio de 2009. El portero negó la entrada al hombre, que tenía entonces 31 años, y se enzarzaron en una pelea en la que el vigilante le propinó un golpe en la cara. El cliente se marchó del lugar pero regresó a los pocos minutos con un revolver, aparcó el coche y se bajó dando tiros. El portero trató de huir corriendo y en el transcurso de una especie de persecución uno de los disparos efectuados al aire impactó sobre un cliente que estaba de espaldas. El hombre armado disparó directamente contra una pierna del portero y llegó a apuntarle tendido en el suelo, detonando el arma de nuevo aunque no con intención de alcanzarle en zonas vitales del cuerpo. El portero logró esconderse dentro de la discoteca y el ahora condenado se dirigió con el revólver hacia un chiringuito ubicado en el parking. Allí localizó al responsable del local y, echándole la culpa de lo ocurrido, le apuntó a pocos centímetros de la frente, aunque no llegó a disparar. A medida que iba recorriendo las instalaciones, fue sembrando el pánico entre personal y clientes. Después huyó, aunque fue detenido horas después por la Guardia Civil.

El tribunal ha condenado a J.V.S., de nacionalidad dominicana, a tres años de prisión por cada delito de lesiones con uso de arma, y un año y tres meses por tenencia ilícita de armas; así como a indemnizar a cada uno de los dos heridos de bala con 12.000 euros y a los dueños de los dos coches dañados con 300 y 550 euros. El portero, por su parte, ha sido condenado a seis meses por un delito de lesiones y a indemnizar al otro condenado en 450 euros. El responsable del local al que encañonó no ha reclamado como perjudicado y tanto la empresa de seguridad como la aseguradora han sido exoneradas por producirse los hechos fuera de la discoteca. Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.