Varios ayuntamientos españoles, entre los que destacan Alcorcón, Aranjuez, Córdoba, Elche, Jerez de la Frontera, Madrid, Palma y Telde, registraron un mayor déficit financiero en 2010 tras ser aprobado en 2009 el decreto para facilitar el pago de deudas pendientes de las entidades locales.

Así se desprende del Informe del Tribunal de Cuentas sobre fiscalización de las actuaciones desarrolladas por las entidades locales en relación con las operaciones de endeudamiento previstas en el real decreto de 24 de abril de 2009 de medida extraordinarias para el pago de deudas a empresas y proveedores, y remitido hoy al Congreso.

Según el Tribunal de Cuentas, entre las 44 entidades analizadas que acudieron al endeudamiento, sólo ocho presentaron indicadores positivos de ajuste presupuestario y financiero en los ejercicios posteriores, y de entre ellas, algunas ya disponían de remanente de tesorería positivo en 2008.

El Tribunal señala que la situación financiera real era más deficitaria que la que se deducía de sus cuentas y en la mayoría el déficit financiero era mayor en 2010 que en 2009, a pesar de la entrada en vigor del plan de saneamiento y otros planes específicos de reajuste presupuestario y financiero.

En sus recomendaciones, el Tribunal de Cuentas destaca que el recurso del endeudamiento, con el consiguiente incremento de los costes financieros que genera, debe realizarse por las entidades locales de forma restringida, cuantitativa y cualitativamente.

Asimismo, señala que ello no debe constituir una fuente de financiación de acceso ordinario y se muestra partidario de regular, para evitar la excesiva carga de compromisos sobre los presupuestos futuros que limite la capacidad de gestión propia de las entidades locales.

Entre las conclusiones, el informe destaca que el 52 por ciento de las entidades que acudieron al endeudamiento obtuvo financiación por, al menos, el 90 por ciento del límite establecido, en tanto que el 21 por ciento apenas alcanzó el 50 por ciento de las necesidades.

La falta de obtención del límite permitido se debió, según han manifestado las entidades, a la súbita y elevada demanda de crédito generalizada, a la política existente en ese momento de concesión de créditos en las diferentes entidades financieras por no poder asumir mayor riesgo financiero, y a la propia situación de las entidades locales.

También se destaca que las condiciones financieras de los préstamos suscritos variaron de unas entidades a otras, siendo las más ventajosas en las entidades analizadas las recibidas en Santander, Las Palmas de Gran Canaria y San Bartolomé de Tirajana, frente a las más desfavorables de El Castell de Guadalest (Alicante), Jerez de La Frontera o Alcorcón, Navalcarnero, Móstoles y Parla.

Además, el Tribunal de Cuentas informa de que un número importante de entidades formularon sus planes con objetivos de difícil cumplimiento en el marco de la situación existente, no respondiendo las previsiones de ingresos al criterio de prudencia exigido por el real decreto de 2009.

De esta manera, no se diferenciaron objetivos de cumplimiento en función de la diferente situación financiera de partida o de la cuantía del endeudamiento finalmente suscrito, ni se concretan los criterios de cálculo de los saldos de dudoso cobro, de forma que resultaba de imposible cumplimiento obtener remanentes positivos desde el primer ejercicio.

La mayoría de las entidades locales acogidas a esta medida no cerraron el ejercicio 2009 con remanentes de tesorería ajustado con signo cero o positivo.