La declaración de cinco peritos y médicos forenses sirvió ayer para esclarecer en buena medida la muerte, el 9 de junio de 2007, de un ciudadano nigeriano de 23 años, Osamuyi Aikpitanyi, cuando era escoltado por dos agentes de la Policía Nacional para ser expulsado de España a bordo de un avión que había partido de Barajas y que tuvo que aterrizar finalmente en el aeropuerto de El Altet.

En el juicio celebrado ayer en la sección séptima de la Audiencia fue determinante el testimonio de los forenses sobre los motivos del óbito, lo que llevó al Ministerio Público a cambiar su escrito de conclusiones iniciales en el que imputaba a los dos agentes por un delito de homicidio por imprudencia grave por colocar una cinta adhesiva en la boca del fallecido durante el vuelo de deportación. La fiscal solicitaba para cada uno de los acusados la pena de tres años de cárcel e inhabilitación especial por espacio de tres años. Tanto fue así, que en palabras de la propia fiscal, sus calificaciones iniciales se modificaban "ampliamente" y rebajaba el delito de homicidio por imprudencia a falta por imprudencia leve para los dos policías. En la vista, la defensa de los imputados y la fiscal alcanzaron un acuerdo para que los dos policías hagan frente a una multa de 600 euros, algo que finalmente tendrá que ratificar la sentencia.

La fiscal, la abogada del Estado y los dos letrados defensores de los agentes llegaron a un pacto de conformidad tras escuchar el testimonio "clave" de los forenses. Los peritos coincidieron en señalar que la muerte del ciudadano nigeriano se debió a una serie de factores que denominaron "circulo vicioso". Entre ellas, un aumento de catecolaminas, neurotransmisores relacionados con el estrés, miedo, pánico e instinto de huida. A ello se añadió, según los expertos, un déficit de oxígeno debido a la altura a la que volaba el avión, y en lo que también pudo influir la mordaza (cinta adhesiva) que el fallecido llevaba en la boca y que había sido colocada por los agentes juzgados.

Durante el interrogatorio, los forenses aseguraron que a pesar de la cinta adhesiva, la víctima, "podía seguir respirando por la nariz", y que la muerte se podría haber producido "con o sin mordaza". No pudieron determinar en qué tanto por ciento contribuyó la mordaza en la muerte.

Al parecer, los agentes colocaron la mordaza al joven en su rostro y extremidades después de que éste emitiera continuamente gritos y forcejeará con los agentes, tanto antes como después de subir al avión.

Durante el juicio celebrado ayer, las partes, entre ellas la Fiscalía, reconocieron que los agentes enjuiciados actuaron utilizando el procedimiento habitual marcado por el Ministerio de Interior en los casos de expulsión. Un protocolo, según se expuso, que fue anulado dos meses después de la muerte del joven nigeriano. En este sentido, la abogada defensora de los agentes, María Ponte, señaló que un hecho de estas características nunca se había dado en España y que, por ello, sus defendidos, "han sido la cabeza de turco por un protocolo deficiente de la administración". Por ello, no descartó acciones judiciales frente al Estado.