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La Justicia europea abre la puerta a miles de reclamaciones por el IRPH

Los jueces deberán determinar caso por caso si el cliente recibió la información necesaria al firmar la hipoteca

La Justicia europea abre la puerta a miles de reclamaciones por el IRPH

La batalla por el IRPH aún no ha acabado. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea abrió ayer la puerta a que los jueces españoles puedan declarar abusiva la aplicación de este índice de referencia de los tipos hipotecarios y, por tanto, anular su aplicación, si se demuestra que el cliente no recibió la suficiente información para comprender su funcionamiento. Una decisión que supone una rectificación en toda regla al Supremo, que rechazó esta posibilidad al señalar que el IRPH era un índice legal, que se publicaba en el BOE, pero que no acaba de despejar todas las incertidumbre sobre la materia, ya que también contempla la posibilidad de que el IRPH cajas a que se refiere el fallo pueda ser sustituido por el IRPH entidades. Un indicador que se creó en 2013, tras el hundimiento de la mayoría de cajas del país, y que ha tenido un comportamiento muy similar al anterior, lo que limitaría mucho las cantidades a recuperar.

Precisamente a esto se agarraron ayer las principales patronales del sector financiero -la Ceca y la AEB-, que recalcaron, por un lado, que la sentencia no considera abusivo el índice en sí mismo, sino la forma en que pudo ser comercializado en algún caso «concreto». Pero, sobre todo, señalan que incluso en este último supuesto debería ser sustituido por el IRPH entidades «cuyo valor es prácticamente idéntico». Es decir, que apenas tendrían que pagar nada a los afectados.

Sea como fuere, la decisión supone un alivio para el sector, que habría hecho frente a una factura de entre 3.000 y 25.000 millones, según las distintas estimaciones, si el indicador hubiera sido declarado nulo por completo.

La pelota vuelve al Supremo

Por su parte, los bufetes especializados lo ven de forma distinta y, aunque reconocen las incertidumbres que deja sin resolver el fallo europeo, prevén miles de demandas en los próximos meses, convencidos de que ganarán la batalla en los juzgados. Así, Víctor Cremades, de Adicae, señala que la sentencia del TJUE lo que dice en realidad es que, si la anulación del índice invalida el contrato hipotecario, y esto deja en situación de vulnerabilidad al cliente -que en teoría debería devolver de golpe todo el dinero que pidió prestado-, el juez podría aplicar un índice sustitutivo para mantener en vigor la hipoteca, y señala en concreto el que se creó en 2013, es decir, el IRPH entidades. Pero no tiene por qué darse esta situación.

Al respecto, Cremades opina, por un lado, que los jueces podrían determinar que el contrato siguiera en vigor sin aplicar intereses o que consideraran que, si el IRPH cajas no se comercializó con transparencia, su sucesor adolece del mismo defecto y aplicar el euríbor. «Ahora serán los jueces los que deban pronunciarse y, probablemente, deberá haber otra resolución del Supremo para aclarar las cosas», auguró el letrado.

En la misma línea, Pedro Pérez, de Pérez Cortés Abogados, señala la posibilidad de que haya clientes a los que realmente les valga la pena anular el contrato. «Si la hipoteca tiene ya algún tiempo, probablemente, lo que le tengan que devolver por los intereses que le han cobrado de más supere al capital que le queda», apunta el experto, que, no obstante, también lamenta que la sentencia europea no haya sido «más contundente».

En cuanto a las cantidades, en Asufin calculan que, en una hipoteca de 200.000 euros suscrita en 2004, el cliente habrá pagado casi 25.000 euros más por tener el IRPH frente a otra contratada con euríbor. Claro está, siempre que el juez acepte este cambio. «Lo lógico es que cuando se presenten las demandas se solicite la nulidad del IRPH cajas y de su sustituto. No tiene sentido que se anule uno y se dé por bueno otro que es prácticamente igual», señala la presidenta de esta organización, Patricia Suárez. Desde Asufin reclamaron ayer al Gobierno que sustituya este índice en las hipotecas de las VPO que aún lo conservan, ya que el IRPH fue bastante utilizado en los préstamos concedidos para financiar este tipo de promociones.

Unos efectos similares a los de las cláusulas suelo

Al inicio de los años 2000 muchas entidades -sobre todo, cajas de ahorros- vendieron el IRPH como un índice «más estable» que el euríbor, por lo que llegaron a sumar el 11% de todas las hipotecas que se firmaban. Sin embargo, a la larga acabaron funcionando como si fueran una cláusula suelo ya que, de media, se ha mantenido dos puntos por encima de su competidor. Mientras que el euríbor es el precio al que los bancos se prestan el dinero entre sí, el IRPH se calculaba como la media del interés al que las cajas o los bancos -había dos modalidades- prestaban a sus clientes. Para su cálculo se incluían también las comisiones y otros gastos, lo que elevaba la cifra a cobrar. Con la caída de las cajas, se unificó en un solo IRPH entidades.

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