Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

La Ley de Costas fuerza a las salinas de Santa Pola a pedir una concesión

Bras del Port está a la espera de que el Estado responda a su petición tras agotar los recursos judiciales contra el deslinde de la zona, incluido el Tribunal de Derechos Humanos

Las instalaciones de las salinas de Santa Pola. antonio amorós

Tras más de cien años de existencia, los terrenos sobre los que se asientan las salinas de Santa Pola ya no son propiedad de la compañía Bras del Port. La totalidad de la explotación pasó a ser considerada como dominio público marítimo-terrestre tras el deslinde de la zona que se inició en el año 2009 en aplicación de la Ley de Costas y la compañía se encuentra ahora «en una situación jurídica indeterminada» a expensas de la que Administración le confirme los términos de la concesión a la que «tiene derecho».

Así, lo recoge la propia firma en el informe de gestión que acompaña a las últimas cuentas que ha depositado en el Registro Mercantil, en las que señala que fue en julio del año pasado cuando finalizó la presentación de toda la documentación que la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar le ha solicitado para tramitar la concesión, tras haber agotado todos los recursos judiciales. Una batalla que en los últimos años le ha llevado incluso hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que inadmitió su recurso.

En cualquier caso, cabe destacar que Bras del Port -uno de los principales proveedores de Mercadona, a través de su filial Polasal- continua operando con total normalidad, a pesar de que tanto la propia firma como su auditora, Mazars, reconocen en el balance de la mercantil que, al no existir todavía «una declaración expresa de concesión», no pueden estimar los «efectos que, en su caso, podría suponer sobre las cuentas de la sociedad».

Desde la firma se limitaron ayer a señalar que acatan la decisión de la Administración y los tribunales sobre el deslinde, aunque la consideran «injusta», y que seguirán «luchando a través de los cauces adecuados», aunque sin especificar qué medidas son las que quieren o pueden tomar. Eso sí, en sus cuentas señala que da por «finalizada la etapa procesal».

Un largo periplo judicial

La particular pesadilla de la compañía salinera -cuyos orígenes se remontan al año 1900, cuando el asturiano Manuel González-Carbajal adquirió los terrenos para poner en marcha la explotación-, se inició cuando en diciembre de 2009 el Servicio Provincial de Costas le comunicó la incoación del expediente de deslinde, que afectaba «a la totalidad de las salinas» de la sociedad. A pesar de las alegaciones de la firma, el Ministerio de Medio Ambiente dictó resolución firme en noviembre de 2011, aprobando definitivamente el deslinde.

Bras del Port recurrió entonces a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que en octubre de 2014 desestimó sus pretensiones. La compañía lo intentó de nuevo ante el Tribunal Supremo, alegando, por un lado, que los terrenos no cumplían con los requisitos para ser considerados dominio marítimo-terrestre -trataron de probar que las dunas del recinto eran de origen continental y señalaron también que las salinas se inundaban de forma artificial y que se encontraban por encima de la cota máxima de pleamar-, y, por otro lado, apuntaron a diversos fallos técnicos en la tramitación del deslinde.

Sin embargo, el alto tribunal lo rechazó y dio por buenos los informes de la Administración que demostraban que las dunas eran de origen marítimo, que los terrenos estarían encharcados aún sin la aportación artificial de agua para su explotación salinera y que estaban por debajo de la cota de pleamar. Tampoco admitió la indefensión alegada.

Lo más curioso del tema es que el propio tribunal reconocía que, si el deslinde se hubiera producido tras la aprobación en 2013 de la Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral, la compañía no se habría visto afectada, ya que esta norma libraba a las salinas del mismo. Sin embargo, Bras del Port no pudo beneficiarse de esta legislación, ya que el trámite administrativo se dio por finalizado en 2011.

La compañía también intentó el recurso de amparo ante el Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que inadmitieron sus recursos. La Ley de Costas prevé que los terrenos declarados dominio público marítimo-terrestre pasen a ser titularidad estatal a cambio de una compensación a los anteriores propietarios consistente en una concesión por determinado plazo. En el caso de Arenales, por ejemplo, este plazo es de un periodo inicial de 30 años y otro de 75. En el caso de Bras del Port, las cuentas de la firma no indican si conoce ya el plazo. Lo que sí confirmaron desde la compañía es que todavía no han recibido la respuesta del Gobierno ratificando su concesión.

Lo último en INF+

Compartir el artículo

stats