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El Consell blinda en otra ley el veto a los megacentros comerciales

La Generalitat no dará licencia a los proyectos que superen los 120.000 metros cuadrados de superficie

El conseller Rafael Climent.

Mientras el promotor británico de centros comerciales Intu dirime en los tribunales su batalla con la Generalitat por el bloqueo a su proyecto de shopping resort en Paterna, la Generalitat, al menos las consellerias en manos de Compromís, siguen levantando nuevas barreras normativas que pueden obstaculizar este u otros proyectos similares.

La futura ley de Comercio Sostenible, uno de los objetivos del pacto del Botànic para esta segunda legislatura, que impulsa el departamento de Rafa Climent, incorpora el veto a grandes proyectos comerciales que superen los 120.000 metros cuadrados de superficie. Así se desprende del borrador del anteproyecto de ley, hecho público el pasado viernes a través del Diari Oficial de la Generalitat (DOGV) y para el que ahora se abre un plazo de 15 días hábiles para presentar alegaciones.

El nuevo texto normativo actualiza la ley de Comercio de 2011 redactada por el PP, y pretende regularizar, aclarar y armonizar las diferentes normas en materia de comercio, así como introducir nuevos instrumentos legales para el desarrollo del comercio.

En este contexto, el borrador de la Dirección General de Comercio introduce bastantes novedades en cuanto a la «implantación de establecimientos con impacto territorial». Así, por ejemplo, incorpora a esta ley alguno de los principios que ya contempla en otro instrumento jurídico que está tramitando, el Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio, el Patsecova. Es el caso de la incompatibilidad de grandes proyectos atendiendo a criterios de sostenibilidad.

«No pueden obtener autorización autonómica los proyectos que supongan usos del territorio, de recursos, de infraestructuras, o que generen efectos de saturación incompatibles con los criterios de sostenibilidad que sustentan las medidas de ordenación contenidas en el Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio de la Comunidad Valenciana», señala el artículo 21.6 de la nueva ley de Comercio. Y añade: «Excepto justificación suficiente y fehaciente en sentido contrario, se consideran incompatibles con estos criterios de sostenibilidad los proyectos que superan los 120.000 metros cuadrados de superficie destinada a uso terciario comercial o a una mezcla de usos terciarios en los que el terciario comercial supere este umbral».

Este criterio afecta tanto a establecimientos individuales como colectivos así como en parques comerciales, centros comerciales, agrupaciones de edificios o desarrollos urbanísticos en los que se entienda que existe un desarrollo unitario de la actuación.

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