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Nuevo varapalo a la banca: el abogado de la UE abre la puerta a anular hipotecas con IRPH

El letrado considera que el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios no está excluido del ámbito de la directiva europea de cláusulas abusivas y, por tanto, tampoco del control de los jueces

Una protesta en Elche contra la última sentencia del Supremo sobre gastos hipotecarios. matías segarra

Un nuevo varapalo. Eso es lo que acaba de recibir la banca, tras las conclusiones del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el polaco Maciej Szpunar, sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH). El letrado comunitario entiende que este índice no está excluido del ámbito de aplicación de la directiva europea de cláusulas abusivas y que, por tanto, tampoco puede escapar al control de los jueces. El hecho de ser un índice oficial no hace que sea necesariamente transparente. La última palabra, no obstante, la tendrá el TJUE, que debe dictar sentencia a principios del próximo año. La resolución de la Abogacía no es vinculante, pero sí es el criterio que se acaba siguiendo, según las estadísticas, en cada cuatro de cinco casos. De seguir la misma línea, pues, los juzgados españoles tendrán que ver si las hipotecas que utilizaron como referencia el IRPH se comercializaron con transparencia o no y, en caso de que la respuesta sea negativa, serán declaradas abusivas, con lo que eso implica en cuanto al reintegro de las cantidades abonadas de forma indebida por los clientes. Por contra, la banca se aferra a que el hecho de que el IRPH sea un índice de referencia oficial publicado por el Boletín Oficial del Estado (BOE) permite presumir que a un consumidor medio le resulta relativamente fácil acceder a los sistemas de cálculos y de comparación. Al fin y al cabo, en juego están, según Goldman Sachs, 44.000 millones de euros si se diera el peor de los escenarios.

De entrada, el abogado polaco le enmienda la plana con su resolución al Tribunal Supremo, que, a finales de 2017, dio su aval al IRPH, amparándose en que era un índice oficial regulado por el Banco de España y que, por tanto, no se podía cuestionar su transparencia. Sin embargo, Maciej Szpunar señala que se trata de una fórmula de cálculo «compleja» y «poco transparente». Sus conclusiones llegan después de que el año pasado el Juzgado de Primera Instancia número 38 de Barcelona planteara una batería de cuestiones prejudiciales al TJUE sobre la transparencia del índice, pese a estar regulado por el Banco de España, así como sobre su posible nulidad. El abogado de la UE basa su decisión, entre otras cosas, en que las entidades no estaban obligadas a ofrecer préstamos referenciados al IRPH y que tenían otras alternativas, como el euríbor.

Muy unido a las cajas

Cierto es que Andalucía, País Vasco y Cataluña parecen a priori las autonomías en las que más se recurrió a esta fórmula que fue utilizada sobre todo por las cajas, según los expertos. Sin embargo, eso no quita para que tanto en la Comunidad Valenciana como en la propia provincia de Alicante también haya muchos afectados que, llegado el caso, podrían acabar reclamando en los juzgados si la sentencia que llega desde Luxemburgo es favorable. Otra cosa es hablar de cifras. Nadie se atreve. A lo más que se llega es a situar en un millón el número de afectados en toda España, cantidad que, según algunos expertos en Derecho Bancario consultados por este periódico, podría estar algo hinchada. Lo que sí parece más claro es que CaixaBank y Banco Santander lideran el ranking de entidades con más hipotecas con IRPH.

Los bancos contraofertan

Más allá de las estimaciones, lo cierto es que muchos despachos tuvieron ayer un goteo constante de consultas para saber qué pasos a seguir. Más después de que en los últimos meses muchos bancos hayan movido ficha, ofreciendo a los clientes con préstamos referenciados al IRPH una rebaja en los tipos, especialmente con intereses fijos, aunque a costa de renunciar a cualquier reclamación posterior derivada de ese mismo préstamo en los juzgados. Ante ello, Pedro Pérez Cortés, del despacho Pérez Cortés Abogados de Altea, recomienda estudiar minuciosamente la situación: «Hay que poner todas las cartas encima de la mesa y valorar si merece la pena ahorrar ahora un poco de dinero, pero perdiendo la posibilidad de reclamar mucho dinero», sentencia, para añadir que «lo importante es estudiar la hipoteca a medio plazo».

Es más, Pedro Pérez Cortés es de los que defienden que «todas las hipotecas con IRPH son abusivas, porque a los clientes no se les informó de lo que contrataban o no se les dio otra opción». Hasta el extremo que estima que el 99% de los pleitos podrían ser favorables para los clientes. Un índice sobre el que comenzaron a focalizarse las reclamaciones cuando el euríbor comenzó a caer y la distancia entre unos préstamos y otros comenzó a ser considerable. Tanto que Víctor Cremades, abogado de Adicae, apunta al respecto que la cantidad que podrían reclamar los hipotecados podría ser incluso mayor a la solicitada por cláusulas suelo. Eso implicaría a efectos prácticos, y siempre en función de lo que diga Luxemburgo, que «personas que no reclamaron importes por cláusulas suelo porque no eran muy importantes ahora sí vayan a los tribunales y demanden por las dos cosas: por el IRPH y por las cláusulas suelo», apostilla.

Una de las claves, en palabras de Pedro Pérez Cortés, está en si, de ser la resolución del TJUE favorable, se ligaría el importe del préstamo al euríbor o incluso no se aplicaría ningún tipo de interés. La otra, resalta Víctor Cremades, pasa por la retroactividad, que en su opinión, se aplicaría sin limitación alguna. Cuestión aparte es si esa retroactividad afecta también a la reclamación de cantidades, circunstancia que dependerá del juez y de si se decanta por una acción de nulidad que tiene efectos de devolución de cantidades -no prescribiría nunca- o si, por el contrario, hay una acción de nulidad y otra de reclamación, ésta con limitaciones temporales para el demandante.

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