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Consumo

Tarjetas 'revolving': "Aunque pidas poco dinero, acabas pagando varias veces más"

Los tribunales recogen cada vez más demandas por este producto financiero, que incluye intereses que rozan el 25%

El verano es una época de incremento de gastos.

Devolver la financiación bancaria empleada para pagar un coche, un electrodoméstico o un viaje de vacaciones. O para hacer frente a un imprevisto o una deuda surgida durante la crisis que golpeó a España hace una década. Situaciones distintas, pero que cada vez más españoles optaron por resolver haciendo uso de las llamadas tarjetas 'revolving', un producto financiero en entredicho por sus altos intereses -casi hasta el 25%- y una opacidad sobre la que el Banco de España ya ha advertido.

El regulador las define como "tarjetas de pago aplazado" y explica, en su 'Memoria de Reclamaciones', sus diferencias con las de crédito tradicional. Mientras que en esta última modalidad, la cuota se carga y se abona de una vez en un plazo acordado -normalmente, a fin de mes- y no se devengan intereses por este aplazamiento, en las 'revolving' se permite el cobro aplazado mediante cuotas y períodos decididos por el cliente.

No obstante, a partir de aquí es cuando comienza un proceso que se ha vuelto muy preocupante para muchos usuarios. Las cuantías de las cuotas abonadas por el titular vuelven a formar parte del crédito disponible -eso explica su nombre-, por lo que se convierte de nuevo en un crédito renovado automáticamente, con el interés pactado. Si hay impagos en los tiempos acordados, la deuda se capitaliza con el devengo de intereses. Es decir, que los pagos se pueden aplazar a la manera que decida el cliente, no de una forma fija a final de mes, pero con la salvedad de unos intereses que rayan el 25%.

Estas tarjetas permiten aplazar el pago en los períodos que estime el cliente, pero con intereses que pueden rozar el 25%

"La media de los préstamos al consumo está entre un 7% y un 10%, pero lo normal es que en las 'revolving' funcione algo por encima del 24%. Aunque pidas poco dinero, acabas pagando, tres, cuatro o cinco veces más. Suponen una vía de financiación muy compleja, poco transparente, y si no se paga hay serios problemas", explica Javier López, miembro del despacho de abogados 'Reclama por Mí', especializado en esta línea de actuación.

Los intereses suponen el principal problema de las tarjetas 'revolving'. Shutterstock

La disposición de crédito en las tarjetas 'revolving' suele oscilar entre los 600 y los 6.000 euros, aunque algunas entidades llegan a ofrecer hasta 30.000 euros, según el documento del Banco de España, que subraya que el tipo de interés "se corresponde con el habitualmente más elevado riesgo" de no devolución. Efectivamente, tal y como explica el letrado Javier López, esta financiación se ha prestado en determinados casos prácticamente sin avales "e incluso a personas que figuran en el registro de morosos de ASNEF".

López subraya que la contratación de estas tarjetas se produce, en ocasiones, en grandes superficies comerciales, presentadas por sus vendedores como productos que conceden puntos o ventajas adicionales por su uso. "Hay mucha gente que ha recurrido a ellas sin saber donde se metía, simplemente porque un comercial de la entidad se la aconsejó. Al final, no solo no ha devuelto lo que debe, sino que la cantidad se ha incrementado por los intereses. Los contratos son muy poco claros", indica este abogado, que asegura que en ocasiones las entidades contratan empresas de recobro que, a través de tácticas que lindan en el "acoso", reclaman los impagos a los clientes. "Les llaman incluso cuando ya ha empezado el proceso judicial", denuncia.

"No debemos confundir a los bancos que están supervisados por el Banco de España con otras entidades que ofrecen créditos inmediatos", dice José Luis Martínez, portavoz de la Asociación Española de Banca

La Asociación Española de Banca (AEB) explica, a través de su portavoz José Luis Martínez, que "los bancos siempre están dispuestos a resolver las dudas que les planteen sus clientes". "No debemos confundir a los bancos que están supervisados por el Banco de España con otras entidades que ofrecen créditos inmediatos y cuya publicidad no está sujeta a la exigente regulación bancaria", indica. "Las tarjetas 'revolving' son un tipo de tarjeta en la que dispones e un límite de crédito determinado, que puede devolverse a plazos, a través de cuotas periódicas. Los criterios de concesión son más relejados, lo que amplía el acceso al crédito a más colectivos, e implica un tipo de interés más elevado al haber más riesgo y morosidad", subraya el portavoz de la patronal bancaria.

Las demandas han empezado a acumularse en varias audiencias provinciales, que en algunos casos están dando la razón a los usuarios. Los tribunales se están basando en la Ley de Represión de la Usura, del año 1908, y en la sentencia del Tribunal Supremo de 2015, que definió como usurario al interés "manifiestamente desproporcionado", aludiendo a un caso del 24,6%. De cualquier manera, no está ni mucho menos clara una doctrina unificada. Mientras tanto, el Banco de España, a sabiendas de que los extractos que envían las entidades "no suelen resultar sencillos y comprensibles", pide que los bancos faciliten "un detalle lo más completo posible de la deuda exigible" y donde se desglosen los distintos conceptos de deuda, así como los importes y el período aproximado en el que podrá saldar la misma.

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