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Concursos hasta en el más allá

El BOE publica en un solo día la declaración de dos procesos concursales sobre herencias yacentes en la provincia

Concursos hasta en el más allá

Los fallecidos, en ocasiones, también pueden entrar en concurso de acreedores y, aunque no se trata, ni mucho menos, de un fenómeno masivo, todo apunta a que lo hacen cada vez con más frecuencia. En concreto, la legislación prevé que se pueda utilizar esta figura en los casos de las denominadas herencias yacentes, es decir, cuando no existe un heredero declarado, bien porque el finado carezca de familia o bien porque los posibles sucesores aún no la han aceptado o han renunciado, ante el temor a quedarse con más deudas que patrimonio. Un riesgo que se incrementó con la crisis de forma notable.

Sin embargo, eso no significa que los acreedores estén dispuestos a olvidarse de recuperar su dinero, sobre todo cuando existe algún activo del que tirar. En otras ocasiones, son los posibles herederos los que instan el concurso para asegurarse de que no tendrán cargas si las deudas superan a los bienes pero recibirán el remanente, si es que este existe. Al fin y al cabo, si nadie reclama, lo poco o mucho que tenga el fallecido acabará en manos de la Administración, en el caso de la Comunidad Valenciana, de la Generalitat.

El número de casos no suele ser excesivo. Por eso, sorprende aún más que ayer, en un solo día, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicara la apertura de dos procedimientos concursales contra sendas herencias yacentes en la provincia, en ambos casos decretados por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante. «Es más normal de lo que parece. Sobre todo desde que estalló la crisis», asegura el letrado Carlos Pérez Pomares, del bufete Alia Legal, que ha sido designado como administrador concursal en uno de ellos, y que recuerda el crecimiento exponencial que han registrado las renuncias a heredar en los últimos años. Una práctica que se ha multiplicado por seis en la provincia entre 2007 y 2018, según los datos del Colegio Notarial de València, y que abona el terreno para estos concursos póstumos, aunque el vicedecano de los notarios, Delfín Martínez, puntualiza que en la mayoría de las ocasiones, tras la renuncia, sí existe otro heredero que acepta los bienes.

En cualquier caso, como señala el letrado Carlos Pérez Pomares, tampoco todas las herencias que se quedan sin reclamar acaban en concurso. Lo normal es que las que se ven envueltas en este procedimiento sean herencias de un montante elevado -tanto en el volumen de deudas, como en el patrimonio para cubrirlas- y en las que, lógicamente, hay varios acreedores implicados. «No hablamos de un señor que ha dejado un piso sin pagar», razona el abogado. Por ejemplo, en uno de los casos declarados ayer se trata de un terrateniente con varias propiedades, cuyos herederos directos renunciaron en su día.

En busca de herederos

La tramitación de estos concursos sobre herencias yacentes no difiere en lo esencial de los que se aplican a las empresas o las personas físicas con vida. Se trata de hacer un inventario de todos los bienes que tenía el finado y de todas sus deudas, y ver si la venta o subasta de los primeros es suficiente para cubrir las segundas. La complicación estriba en que aquí, además de salvaguardar los intereses de la «empresa» -la herencia- y de los acreedores, también hay que tener en cuenta los intereses de los posibles herederos e intentar buscarlos. Una tarea que puede resultar más o menos compleja, dependiendo del resultado del proceso. Al respecto, el también profesor de la Universidad Miguel Hernández recuerda un caso reciente en el que la investigación concursal descubrió que el fallecido guardaba «una auténtica fortuna que la mayoría ignoraba y empezaron a salir sobrinos de debajo de las piedras». En lo que no acostumbra a haber problemas es a la hora de acceder a la documentación necesaria, ya que los sucesores del finado, aunque renuncien a la herencia, normalmente colaboran para evitarse problemas con la Justicia.

Como apunta el vicedecano de los notarios, Delfín Martínez, estos concursos lo que pretenden es evitar que sea la Administración quien se quede con los bienes del fallecido, lo que ocurre cuando alguien muere sin haber testado y sin ningún sucesor demostrado. «Si los acreedores ven que pueden recuperar algún porcentaje de su deuda, lo lógico es que lo intenten», señala Delfín Martínez.

De pisos a acciones

Gracias a las herencias que nadie reclama -y que tampoco se someten a concurso- la Generalitat Valenciana acumulaba en su patrimonio a mediados de 2017 más de 270 inmuebles, desde pisos a solares, pasando por un nicho en Galicia, además de acciones de empresas cotizadas o, incluso, participaciones en sicav, las sociedades con las que los ricos gestionan su dinero.

Precisamente, hace un par de semanas el Consell adaptaba la normativa que regula este procedimiento para recibir las herencias intestadas con el objetivo de agilizarlas y adaptar el uso que se puede dar a este dinero a la normativa estatal. Así, dos tercios deben ir a fines sociales y un tercio se destinará al mecenazgo cultural que realiza la Generalitat.

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