Un informe jurídico de Cataluña evidencia el complejo entramado legal al que se enfrentan las autonomías para regular la competencia al taxi que ejercen aplicaciones como Uber y Cabify. El Consell de Garanties Estatutàries de Catalunya acaba de emitir un dictamen que alerta de la inconstitucionalidad del decreto catalán que regula la actividad de los vehículos de alquiler con conductor, las licencias VTC en que se apoyan las aplicaciones para desarrollar su actividad. En concreto, esta institución equiparable al Consell Jurídic Consultiu de la Generalitat Valenciana, señala que el intervalo mínimo de 15 minutos fijado entre la contratación y la prestación del servicio «vulnera el derecho a la libertad de empresa de la Constitución». También choca con la Carta Magna la habilitación a los ayuntamientos para aumentar ese intervalo de tiempo.

Este posicionamiento tiene una lectura valenciana evidente, ya que la Generalitat se ha inspirado hasta el mínimo detalle en el decreto catalán para desarrollar su propia norma. La Conselleria de Vertebración del Territorio ha fijado también 15 minutos de espera a Uber y Cabify hasta la recogida del cliente. Y da autonomía a los ayuntamientos para ampliar esa franja. El Ayuntamiento de València, de hecho, ya ha anunciado que, siguiendo la línea de Barcelona, amplía a una hora el intervalo.

Además, sobre las posibles repercusiones económicas, el dictamen del Consell de Garanties Estatutàries advierte al Govern de Quim Torra de que la potencial reclamación económica a las arcas públicas del sector VTC se dirigiría contra la Hacienda autonómica. En el caso valenciano, la patronal Unauto ya ha anunciado la salida de Uber y Cabify si se aprueba la norma; y ha cifrado la demanda al Consell en 166 millones por la pérdida de valor de las licencias.

En estos momentos, la Conselleria de Vertebración del Territorio está tramitando el decreto autonómico. El departamento que dirige María José Salvador entiende que el informe catalán refuerza algunos de sus planteamientos. Como que es exigible el requisito de precontratación para no colisionar con la actividad del taxi. Además de otras medidas de control, como la prohibición de circular a la búsqueda o captación de clientes; la obligación de los VTC de estacionar fuera de todas las vias públicas, obligándolos a estacionar en las bases, la limitación de acceso a los usuarios potenciales del régimen de geolocalización de estos vehículos, etc.

Con todo, la Conselleria traslada que no es obligatorio que un decreto ley como el que se tramita para las VTC pase por el análisis del Consell Jurídic Consultiu. De hecho, la garantía de legalidad de la norma que el Gobierno valenciano está tramitando la dará la preceptiva emisión del informe de la Abogacía de la Generalitat, cuyas consideraciones serán tenidas en cuenta para la formulación del proyecto de norma que se someta a aprobación del Consell, añaden.