El borrador del nuevo real decreto ley de vivienda en el que trabaja el Gobierno, y para el que ya tiene prácticamente cerrado un acuerdo con Podemos, no incluye ninguna medida referida a la regulación del precio de los alquileres, aunque sí establece una mención a unos índices de precios de referencia.

Además, según han señalado a EFE fuentes de la negociación, algunas de las novedades que recoge el texto en el que trabaja el Ejecutivo, y para el que está buscando el apoyo de PNV y PDeCAT, se centran en los desahucios. De hecho, se propone modificar la Ley de Enjuiciamiento Civil para especificar en estos casos la fecha y la hora exacta del desahucio.

También se propone ampliar un mes más, hasta los tres meses, el aplazamiento de desahucio en el caso de las personas jurídicas, aunque se mantiene en un mes para las personas físicas.

Además, los juzgados deberán poner en conocimiento de los servicios sociales los procedimientos de desahucio para comprobar las situaciones de vulnerabilidad.

Aunque no se recogen medidas para regular los precios de los alquileres, el nuevo texto en el que se trabaja sí hace una mención a los índices de precios de referencia, tanto estatales como autonómicos.

Sin embargo, establecer un límite a los alquileres había sido una de las demandas de Podemos para respaldar el anterior real decreto ley de medidas urgentes para la vivienda, que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 14 de diciembre y que fue tumbado posteriormente en el Congreso con el voto en contra de la formación morada, del PP, Ciudadanos y ERC.

De hecho, Podemos ya había avanzado su rechazo al entender que no incluía las medidas pactadas con el Ejecutivo para apoyar los Presupuestos de 2019, y señaló que al Gobierno le habían "temblado las piernas" a la hora de incluir la que consideraban la medida más importante para "pinchar la burbuja del alquiler" y que daría capacidad a ayuntamientos y comunidades para regular las zonas tensionadas.

Otra de las novedades del texto en el que se trabaja es la relativa a la variación de los precios de los alquileres, que se hará conforme al IPC de forma obligatoria para todos los contratos.

El anterior texto establecía en este sentido un pacto entre las partes, excepto en los contratos de arrendamiento de renta reducida.

Sobre los gastos de formalización y la gestión del contrato, el nuevo decreto contempla que estén a cargo de las personas jurídicas.

Además, con respecto a la validez de los mismos, en el caso de los contratos de 5 y 7 años deberán ser respetados también en el caso de no estar inscritos en el Registro de la Propiedad.

También hay novedades en cuanto al plazo de preaviso en caso de no renovar el contrato. En este sentido, pasa de un mes a cuatro para los inquilinos y de un mes a dos para los propietarios.

Asimismo, en caso de los supuestos para recuperar un piso por necesidad del arrendador antes del plazo mínimo, además de las propias causas de necesidad, que deberán constar en el contrato, también se tendrá que especificar cuál de ellas es la que prima en el momento de la comunicación.

Donde no hay novedades por el momento es el la duración de los contratos, que se mantiene en 5 años para las personas físicas y 7 para las jurídicas.