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Primera condena a Parra por su gestión al frente del Banco de Valencia

El exconsejero delegado afronta un año y siete meses de cárcel por administración desleal

Primera condena a Parra por su gestión al frente del Banco de Valencia

El Juzgado Central de lo Penal ha condenado a un año y siete meses de cárcel por un delito continuado de administración desleal al exconsejero delegado del Banco de Valencia Domingo Parra en relación con la concesión de un préstamo promotor a la sociedad Pegoliva SL dirigido a la construcción de viviendas «en perjuicio de los intereses» de la entidad bancaria, según informó ayer la Audiencia Nacional.

En su sentencia, el juez de la Audiencia Nacional José María Vázquez Honrrubia impone la pena solicitada por la Fiscalía para el acusado, a quien le aplica las atenuantes de reparación del año, al haber ingresado 330.000 euros, y de confesión, por haber reconocido los hechos durante el juicio celebrado a finales del pasado mes de enero.

El fallo señala que Parra deberá indemnizar al FROB y, en su defecto, a CaixaBank como sucesor del Banco de Valencia, en forma conjunta y solidaria con los responsables a título lucrativo, en la suma de 395.000 euros para la reparación del año derivado del exceso de disposición de los tramos establecidos en el préstamo al promotor, más otros 114.525 como cantidad que resta por recuperarse de un préstamo ICO, lo que hace un total de 509.525 euros a los que se añadirán los intereses correspondientes.

La resolución condena en condición de terceros a título lucrativo a la sociedad Pegoliva SL y, subsidiariamente, a Salvador, Juan José e Isabel Pons Sivera, con responsabilidad solidaria entre ellos, a que paguen al FROB o, en su defecto, a CaixaBank, los 509.525 euros más los intereses. De dicha cantidad, se indica, se deducirán los 330.000 euros pagados por Parra, por lo que la cantidad a satisfacer queda en 179.525 euros.

El magistrado relata que Domingo Parra ocupó el cargo de consejero delegado del Banco de Valencia desde julio de 1994 hasta octubre de 2011, cuando fue cesado. Dicha entidad bancaria concedió el 27 de septiembre de 2007 a Pegoliva SL un préstamo promotor por de 4.910.429 euros dirigido a la construcción de 25 viviendas y sus anejos, y a posibilitar las ventas y subrogación de los futuros adquirentes.

En el marco de dicho préstamo, afirma, «Parra realizó unilateralmente y en perjuicio de los intereses de la entidad bancaria disposiciones de fondos por encima de lo estipulado y en contra de los criterios del Departamento de Riesgos, así como autorizó personalmente un préstamo ICO prescindiendo de las garantías personales exigidas por el citado Departamento que hubieran posibilitado su recobro, en claro detrimento de los intereses del Banco de Valencia». Añade que tanto el préstamo inicial como el préstamo ICO quedaron impagados.

Indica el magistrado que tanto Parra como su mujer, ya fallecida, estaban vinculados económicamente con las sociedades que finamente se beneficiaron de los fondos obtenidos mediante este préstamo (Edioliva Promociones SL y Mapose SL) y, mantenían una relación de amistad previa a los hechos con la familia Pons Sivera, propietarios de la sociedad prestataria Pegoliva SL.

Un largo camino judicial en el horizonte

Tras la sentencia conocida ayer, el horizonte vital de Domingo Parra sigue estando lleno de obstáculos judiciales. En la Audiencia Nacional, el juez Santiago Pedraz prosigue la lenta instrucción de la pieza principal de la causa por la quiebra del Banco de Valencia, investigada tras la denuncia de la asociación de pequeños accionistas Apabankval. Pedraz también instruye las querellas del FROB. El fondo público presentó siete, aunque un par de ellas han sido archivadas. Parra está a la espera de que se inicie el juicio por la operación en el Caribe denominada Grand Coral, por la que la fiscalía pide seis años de cárcel para él.

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