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Los exconsejeros absueltos destacan que el fallo ve probado el falseo de actas

La sentencia da validez a la versión de que las remuneraciones de Modesto Crespo nunca se trataron en el consejo de administración

Un momento del juicio celebrado contra la cúpula de la CAM la pasada primavera. pilar cortés

La satisfacción y el alivio eran ayer más que evidentes entre los exconsejeros de la CAM que han resultado absueltos en el caso de las dietas de 600.000 euros que cobró el expresidente de la entidad Modesto Crespo. Sobre todo porque el fallo resulta demoledor y respalda claramente su tesis de que el consejo de administración «no fue debidamente informado», nunca aprobó las remuneraciones que iba a recibir Crespo a través de la participada de la caja Tinser Cartera y, sobre todo, que el acta de la reunión donde dice lo contrario y en la que se basaba buena parte de la acusación fue falseada.

Unas conclusiones por parte del tribunal que juzgó el caso que suponen una clara victoria moral para los que fueran máximos responsables de la desaparecida Caja de Ahorros del Mediterráneo, que siempre han defendido que el expresidente de la entidad y el exdirector general Roberto López Abad maniobraron a sus espaldas en este asunto.

Eso sí, los exconsejeros consultados por este periódico también se quejaban ayer de la lentitud de la Justicia, que les ha tenido siete años en el disparadero público. «No esperaba otra cosa que la absolución. Solo lamento la pérdida de tiempo y de recursos en algo que no tenía ningún viso de prosperar. Y también el daño a la imagen personal», apuntaba el exconsejero murciano José García Gómez. «Ahora nos han absuelto pero no es suficiente para compensar los años de sufrimiento que han tenido que pasar nuestras familias», insistía también el empresario Jesús Navarro.

«Se ha hecho justicia y ha quedado probado que no mentíamos y que el acta se falsificó: nunca aprobamos esas dietas», apuntaba por su parte el sindicalista Manuel Navarro, que lamentaba que en el caso no se hubieran dirimido también las posibles responsabilidades del letrado asesor y secretario de actas del consejo, Juan Martínez-Abarca. «Creo que logramos transmitir todas las anomalías que siguieron a aquel consejo», afirmó también el exconsejero Óscar Strada. «Nosotros sólo aprobamos el nombramiento, nunca el sueldo», incidió, igualmente, Salvador Piles.

Al respecto, la propia sentencia destaca la «consistencia y coherencia de la versión de la mayoría de los vocales del consejo» -en referencia a los ahora absueltos- frente a las «lagunas, incoherencias y olvidos llamativos» de quienes defendían que el consejo de administración sí aprobó las dietas de Crespo. Es decir, frente a lo que defendieron el propio empresario ilicitano, el exdirector general Roberto López Abad y los miembros de la Comisión de Retribuciones de la caja Martín Sevilla y Antonio Gil-Terrón, o el citado Martínez-Abarca.

En este sentido, el fallo también recalca la importancia de la versión discordante que ofreció el tercer miembro de esta comisión, el expresidente de la Cámara de Comercio y de Terra Mítica, Luis Esteban, quien en su testimonio en el juzgado negó con rotundidad que en la reunión del consejo de administración se hubiera hablado sobre el montante o el carácter de la retribución de Crespo. Tan solo de su nombramiento como presidente de la misma.

No daban la talla

El tribunal también llama la atención sobre el procedimiento para la elección del consejo de administración de la caja y asegura que «el sistema diseñado dificultaba de forma interesada su actuación de forma independiente» ya que el perfil de sus miembros «no siempre era, por experiencia, conocimientos técnicos específicos y posibilidades de dedicación, el idóneo para una actividad financiera altamente especializada». En otras palabras, que facilitaba que Roberto López y su equipo pudieran dirigir la caja con un estilo «personalista» y con la «mera apariencia» de que existían contrapesos y sistemas de control.

En el caso concreto de la reunión del consejo del 27 de noviembre de 2009, en el que supuestamente se habían aprobado las dietas de Crespo, el fallo señala que fue un consejo «muy denso» en el que se trataron muchos asuntos, como los presupuestos del año siguiente, y que el nombramiento del ilicitano se abordó de forma dispersa hasta en tres puntos distintos, lo que dificultó que los consejeros supieran realmente qué aprobaban.

Del mismo modo, la sentencia sostiene que eran la Presidencia y el director general quienes llevaban el control de lo que más tarde se recogía en el acta y que existía «el claro designio predeterminado» de que este documento «dijera indefectiblemente lo que se querían que dijera, y no exactamente lo que aprobaron los vocales».

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