No hubo fraude en subvenciones, ni estafa, ni apropiación indebida, ni falsedad documental ni tampoco insolvencia punible. La titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Alicante considera que la investigación no ha logrado acreditar ni uno solo de los delitos por los que el Servef denunció a los antiguos responsables de Coepa por lo que ha acordado el sobreseimiento y archivo de la causa sobre las supuestas irregularidades cometidas con las ayudas para la construcción del centro de oficios de la desaparecida patronal. Así lo establece la magistrada María Luisa Carrascosa en un auto emitido ayer, tan solo tres días después de que los expresidentes de la organización empresarial Joaquín Rocamora y Modesto Crespo y su exsecretario general Javier López Mora declararan en calidad de investigados por este caso.

Se trata de la segunda vez que el juzgado da carpetazo a la causa, después de que la Audiencia Provincial obligara a reabrirla el pasado mes de febrero. En la primera ocasión, sin embargo, el archivo se produjo por la supuesta prescripción de los posibles delitos denunciados -lo que la Audiencia rechazó-, mientras que ahora la juez sí ha entrado en el fondo del asunto.

Como recuerda el propio auto, el origen de la causa se encuentra en la denuncia presentada por la Abogacía de la Generalitat en nombre del Servef, en la que denunciaba el supuesto fraude cometido por la patronal al recibir dos ayudas públicas para una misma finalidad, la construcción de su centro de oficios. En concreto, sostenía que Coepa le habría ocultado que el Instituto Valenciano de Finanzas también le había concedido un crédito para financiar las obras.

También ponía en cuestión que todo el dinero -unos 6,8 millones, en total- se hubiera destinado a sufragar el inmueble y denunciaba que se habían utilizado las mismas facturas por duplicado para justificar la disposición de fondos del créditos y la recepción de las subvenciones, por lo que se apuntaba a una posible falsedad documental. Unos supuestos hechos que el Servef decidió poner en conocimiento de la Justicia tras recibir un escrito de Cepyme Alicante donde ya se denunciaban buena parte de ellos.

Sin embargo, tras examinar la documentación y escuchar a los testigos, la juez concluye que no se produjo ningún delito. Así, tal y como siempre han defendido los exdirigentes de la patronal y la propia Coepa -representada en la causa por el letrado Pablo de la Vega, de Garrigues-, la magistrada entiende que el préstamo del IVF era de naturaleza mercantil y, por tanto, no supone ninguna ayuda pública, algo que el propio brazo financiero de la Generalitat reconoció en un escrito al juzgado. En consecuencia, ni era incompatible con las ayudas del Servef ni Coepa tenía obligación de comunicarlo.

En concreto, el auto señala que la obtención de un crédito por parte de la patronal para financiar las obras del centro de oficios «no estaba en absoluto prohibido ni figuraba en los convenios de colaboración» firmados por la patronal para lograr las subvenciones «por lo que no falseó las condiciones requeridas para su concesión ni ocultó las que la hubiesen impedido».

Se gastó todo el dinero

Del mismo modo, la juez descarta que se haya producido apropiación indebida o estafa ya que, según recuerda, «el propio Servicio Territorial de Formación Profesional para el empleo de Alicante emitió informe el 27-1-16 constatando que se había comprobado que el destino de las inversiones de los expedientes subvencionables suscritos con Servef fueron las instalaciones del Centro de Oficios sito en la calle Metalurgias de Alicante». Es decir, que el dinero se invirtió correctamente.

La juez también rechaza que se haya cometido falsedad documental por haber utilizado las mismas facturas para justificar la disposición de fondos del préstamo y las ayudas del Servef ya que no consta que éstas se alteraran de ninguna forma.

Por todo ello, la magistrada María Luisa Carrascosa ordena el «sobreseimiento y archivo de las actuaciones al no haber quedado acreditados los hechos denunciados». Eso sí, contra la decisión cabe recurso en el plazo de tres días.

Además, la juez recuerda a la Generalitat que puede reclamar las subvenciones por la vía contenciosa administrativa o en el procedimiento concursal en que está inmersa Coepa, si considera que se incumplió alguna de las condiciones para su concesión a posteriori. En concreto, la obligación de mantener la actividad del centro durante un mínimo de diez años. En este sentido, cabe recordar que el Servef ya reclamó por vía ejecutiva la devolución del dinero -alrededor de 1,9 millones- con este mismo argumento y que fue la orden de embargo lo que provocó que la patronal optara por solicitar su liquidación.

Tanto Javier López Mora, como Joaquín Rocamora expresaron ayer su satisfacción por el auto e insistieron en que la construcción del centro de oficios fue un «ejemplo de transparencia». Por su parte el último presidente de Coepa, Francisco Gómez, lamentó que el auto se conozca cuando la patronal «ya ha desaparecido y la provincia se ha quedado sin una voz que la represente».