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«¿Dónde está el perjudicado por los pagos a Modesto Crespo?»

Defensas de exconsejeros de la CAM acusados por el abono al último expresidente de la caja de 600.000 euros preguntan si se tiene constancia de que el banco catalán se siente damnificado dado que nada reclama

Roberto López Abad, en primer plano, seguido de José Forner (de frente con gafas). áLEX domíNGUEZ

¿Quién es realmente el perjudicado por los 600.000 euros que la CAM abonó a Modesto Crespo? Si es el Sabadell, para quien se solicita la devolución del dinero, ¿por qué la Fiscalía no le ha llamado al proceso? Dado que la entidad catalana no reclama nada, ¿qué se está juzgando? ¿Por qué no están sentados en el banquillo los miembros de la comisión de control o de la junta de general de la participada de la que cobraba Crespo cuyos acuerdos, a diferencia de los del consejo de administración, sí tenían operatividad? ¿Por qué tampoco está quien fuera el encargado de velar por la legalidad de estas actuaciones, el letrado Juan Martínez-Abarca, cuando sus observaciones en aquellos momentos eran palabra de Dios?

Estas son solo algunas de las preguntas que de boca de las defensas de los acusados en el proceso abierto por los pagos a Crespo se lanzaron ayer en la penúltima sesión de un juicio que hoy está previsto que quede visto para sentencia. Una jornada en la que la mitad de los letrados (el resto lo harán hoy) vapulearon las tesis del fiscal Felipe Briones. En su informe, el acusador público pidió la absolución para 13 de los 21 exconsejeros encausados tras fijar varios niveles de responsabilidad en cuya cúpula situó, además de al propio Crespo y al director general Roberto López Abad, a los tres exvicepresidentes seguidos de los miembros de la comisión de retribuciones que informó los pagos. Para todos ellos pidió penas que van de los dos a los cuatro años de cárcel por urdir un plan para abonar estos emolumentos del que las defensas mantuvieron que no había prueba alguna.

Tras defenderse la teoría de que en el consejo de administración los vicepresidentes eran meros vocales y que todos estaban convencidos de que Crespo iba a cobrar a cambio de su trabajo en Tinser (el propio empresario ha admitido la ilegalidad de estos pagos en su acuerdo con el fiscal), los abogados de los consejeros que aseguran que la retribución nunca se llevó al consejo sostuvieron que este punto « se quiso ocultar cuando se estuvo cocinando quince días».

Defensas como la del exvicepresidente Antonio Gil-Terrón incidieron en que el acuerdo por el que Crespo se convirtió en el primer presidente de la CAM que cobraba «no se tomó de tapadilllo», en que los consejeros no podían saber si era ilegal y en que no se les puede exigir más responsabilidad a éstos que a los garantes de esa legalidad. Además de insistir todos ellos en la ausencia de dolo y en la falta de preparación, amén que de diligencia por parte de los consejeros, «que ni se miraban las actas», concretó alguno. Prueba de ello es que la que recoge el acuerdo por el que están siendo juzgados, y que la mayoría sostiene que se manipuló, nunca fue impugnada aunque en general «no fueran un paradigma de rigor».

La prescripción delito de administración desleal, del que ven indicios las acusaciones tras descartar el de apropiación indebida, fue otro de los argumentos en el que coincidieron la mayoría de los letrados quienes insistieron en que, en todo caso, no encontraríamos ante una infracción administrativa, nunca un delito.

Por la defensa del exsecretario del consejo José Forner se mantuvo que el acuerdo sí se llevó al consejo, lo que provocó la respuesta de varios de sus compañeros de bancada que sostienen la tesis contraria, insistió en la falta de preparación de su cliente para vislumbrar la legalidad del acuerdo (tesis a la que también se apuntó la defensa del empresario Jesús Navarro: «a algunos ser consejeros les quedaba demasiado grande», espetó) y afirmó que, aun cuando se concluyera que el acuerdo fue ilegal, Forner no debe ser condenado por la dificultad de compresión que conlleva este tipo de Derecho Penal especial de carácter político.

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