El importe de la declaración de la renta que Hacienda devuelve al contribuyente, en caso de que el resultado sea este, no suele tardar más de un mes, pero puede extenderse hasta seis meses en función de los plazos que maneje la Agencia Tributaria, la complejidad de la declaración presentada y las comprobaciones posteriores.

En este sentido, la Agencia Tributaria puede emplear sus servicios de datos para confirmar que la declaración se ajusta a todos los parámetros requeridos. En cualquier caso, el período del que dispone Hacienda para estos trámites y hacer la devolución que corresponda al usuario no debe sobrepasar los seis meses.

El resultado de la liquidación del IRPF puede ser de tres clases: positivo, lo que significa que el contribuyente debe abonar lo que le indique la Agencia Tributaria; a devolver para el usuario; o negativo, es decir que no hay ningún abono que deban hacer ni la Agencia Tributaria ni la persona.

En el caso de que el resultado de la declaración sea positivo y el contribuyente deba abonar un importe a Hacienda, se puede acoger a lo que se llama pago fraccionado, de de manera que abona un tramo de manera inmediata y el siguiente en meses posteriores, tal y como disponga la normativa concreta.

Fechas límite para hacer la declaración de la Renta

-27 de junio: Fecha límite para solicitar la domiciliación de la renta a ingresar.

-29 de junio: Finaliza el plazo para solicitar cita previa para realizar la declaración a través de todas las vías.

-2 de julio: Fin de la Campaña de la Renta 2017.