Los negocios que la CAM montó en el Caribe con los empresarios de Benidorm Juan Ferri y José Baldó provocaron a la caja y al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) un perjuicio de 28 millones y, por lo tanto, el proceso penal abierto por estos hechos tiene que seguir adelante para que se determine en un juicio si hubo apropiación indebida y/o de administración desleal, cargos que se habían descartado, además de delito fiscal, por lo que la causa sí seguía abierta.

Así lo entiende el tribunal de la sección tercera de la Audiencia Nacional que ayer ordenó la reapertura de la parte del procedimiento archivado el pasado diciembre tras estimar los recursos que contra el cierre presentaron el FGD y Amadeo Sabat, un benidormí exsocio de los hoteleros en Valfensal, la sociedad con la que llevaron cabo las operaciones con la CAM a otro lado del Atlántico, quien también se considera damnificado porque asegura no haber recibido un euro de la mercantil.

Esta decisión devuelve al procedimiento al exdirector general de la CAM Roberto López Abad y a su hombre de confianza en inversiones inmobiliarias Daniel Gil, para quienes se habían archivado las actuaciones, y la amplía por los cargos de administración desleal y/o apropiación indebida para Ferri y Baldó, que seguían investigados junto a varios empleados suyos sólo por delito fiscal.

En contra de la juez y la fiscal

Frente al criterio de la magistrada Carmen Lamela y de la fiscal Belén Darremochea, para quienes los negocios investigados no provocaron quebranto alguno puesto que los créditos que se pidieron se siguieron pagando, el tribunal entiende no sólo que sí hubo un daño sino que lo cuantifica. «La realidad es que el perjuicio de 28 millones de euros se produce tanto para la CAM, que fue intervenida y después vendida por la suma de un euro, como para el FGD, que tuvo que inyectar dicha suma para hacer frente a las operaciones de Valfensal, no como consecuencia del impago efectivo de los créditos sino como consecuencia de la previsión de resultados negativos que llevó a la dotación de la provisión correspondiente y que finalmente no llegaron a producirse».

La sala no tiene duda de que «el perjuicio se ha producido. Cuestión distinta es que sea susceptible de imputación objetiva a los querellados», precisa el auto notificado ayer y contra el que no cabe recurso.

«Indicios necesarios»

Para Juan Pablo González, ponente de la resolución y el mismo magistrado que mandó a prisión a Ferri y Baldó por sus negocios con Bancaixa, «resulta improcedente en este momento procesal, una vez constatada la suficiencia de los indicios necesarios, analizar si concurren o no los elementos típicos que conforman las figuras delictivas de apropiación indebida y/o administración desleal o si el resultado es objetivamente imputable a los autores, cuestión que deberá quedar reservada para el acto del juicio oral (...) de modo que deberá ser la sala, celebrado el juicio oral, la que resuelva a favor» de la inocencia o culpabilidad de los investigados «pues lo que está en cuestión en este momento no es tanto la intensidad de unos indicios sino la interpretación de la estructura típica de los delitos», expone.

La resolución de la Audiencia afecta también a los miembros de la comisión de control de participada Tenedora de Inversiones y Participaciones (TIP), con la que la CAM formó parte en un 30% de Valfensal. Entre los investigados que formaban parte de este órgano se encuentran el expresidente de la Cámara de Comercio de Alicante José Enrique Garrigós, el exdirector del Instituto Valenciano de Finanzas Juan Manuel Uncio, el expresidente de la comisión de control de la caja Juan Ramón Avilés o el exsecretario del consejo Francisco Grau, para quienes también se han reabierto las actuaciones.

La instrucción judicial arrancó en 2012 a raiz de una querella presentada por el FROB por las operaciones que Valfensal llevó a cabo para comprar dos hoteles y una parcela en la Riviera Maya mexicana, otro terreno en Punta Cana (en la República Dominicana) y un tercer establecimiento en Tenerife. Unos negocios en los que se indaga en este proceso si los exdirectivos de la caja investigados y los hoteleros benidormís se quedaron con los beneficios en detrimento de los intereses de la CAM, pese a que era la caja las que los financiaba.

También se está investigando si la filial creada en Curaçao para administrar los hoteles -Jaksonport- era sólo una pantalla para evitar el pago de impuestos cuando, en realidad, el trabajo se realizaba desde España. Una estrategia con la que el grupo habría dejado de ingresar al Fisco 11,6 millones de euros, según los cálculos de la Agencia Tributaria.

Contra el archivo decretado por Lamela el FGD ha invocado su condición de perjudicado que ya le reconoció el Supremo y que ahora ha ratificado el tribunal de la sección tercera de la Audiencia Nacional.