Dispuestos a no darse por vencidos, los usuarios de bancos y cajas de ahorro agrupados en la asociación Adicae han vuelto la recurrir el tercer sobreseimiento dictado por la magistrada de la Audiencia Nacional Carmen Lamela de la causa abierta por la comercialización de las cuotas participativas de la CAM.

Los afectados por la venta de estos valores, personados como acusación particular en este proceso junto a los que representa al abogado murciano Diego de Ramón, sostienen en su recurso que «la juzgadora no ordena el sobreseimiento por considerar que no hay indicios de delito. Lo que hace es afirmar que esos indicios delictivos serían imputables exclusivamente a los empleados de las sucursales, mandos intermedios... pero en ningún caso a la dirección de la entidad y a los investigados en esta causa (en alusión a los exdirectores generales Roberto López y María Dolores Amorós), conclusión que evidentemente no podemos compartir».

Lamela ha decretado el cierre del procedimiento al entender que los compradores fueron informados debidamente de los riegos que corrían al adquirir estos productos, similares a las acciones pero sin derecho de voto, y que, en todo caso, habrá que ver individualmente los fallos que se pudieron cometer en su venta.

Para Adicae ya es bastante significativo que el «el 99,9% de la inversión se colocara entre inversores minoristas», además de que «la publicidad empleada por la entidad fuera deliberadamente confusa» y que «se usara el gancho de un depósito a plazo fijo de alta rentabilidad que sólo se podía contratar si posteriormente se suscribían las cuotas».

Aún así, en lo que más hincapié hace el colectivo es en el hecho de que la instructora afirme que da carpetazo al asunto por no existir «una trama urdida desde la dirección de la CAM para provocar el engaño a los clientes», dejando caer así que «la responsabilidad por la comercialización del producto es imputable única y exclusivamente a los empleados de la entidad».

Una conclusión que Adicae tacha de «irracional» por cuanto, afirman, su actuación sólo es entendible teniendo en cuenta que cumplían «las órdenes recibidas de sus superiores y, en última instancia, tales órdenes sólo pudieron ser dadas por los investigados en los presentes autos como máximos responsables de la entidad». Y citan las declaraciones del sindicalista del Sicam Manuel Navarro, que corroboran estas afirmaciones, y las de la Asociación de perjudicados empleados de la CAM, quienes acusan a los entonces directivos de la caja de ocultarles información sobre las participativas «al objeto de que vendieran el producto como si se tratara de un plazo fijo». Prueba de este «engaño», señalan, es que los miembros de esta asociación también suscribieron cuotas.

Vinculados al Sabadell

Adicae rebate asimismo las palabras de la juez cuando afirma que los comercializadores de las cuotas negaron cualquier irregularidad en su venta aún cuando había sido propuestos por las acusaciones. «No es un dato que deba tener la relevancia que se le pretende dar (...) máxime en el caso de los empleados de la CAM que continúan vinculados laboralmente el Sabadell, por lo que su declaración debe valorarse teniendo en cuenta este dato, que es de mucha más importancia, sin olvidar que también declararon testigos propuestos por la entidad».

Firmes en su idea de que con la venta de estos valores, en los que muchos clientes de la CAM perdieron sus ahorros, se cometió un delito (ya sea de estafa, de publicidad engañosa o de maquinación para alterar el precio de las cosas, precisan) los afectados llaman la atención sobre que la existencia de una aplicación informática sin la que supuestamente no se podían suscribir las cuotas significa que «si hubo algún ilícito fue orquestado desde la dirección de la entidad pues los empleados no podían realizar la orden sin seguir el procedimiento reglado y a través de la aplicación informática».

La pelota está de nuevo en el tejado de la Audiencia que tiene que decidir si avala el archivo o reabre la causa por cuarta vez.