La Generalitat no podrá, tal como pretendía, equiparar a los trabajadores de las Cámaras de Comecio de la Comunidad a los funcionarios. Y es que el Consell Jurídic Consultiu, en su dictamen sobre el reglamento de estas corporaciones remitido por la Conselleria de Economía, considera que las Cámaras «son corporaciones de derecho público que no tienen cabida dentro del concepto de administración de la Generalitat». Además, recuerda que la ley estatal de cámaras señala que el personal de estas entidades «quedará sujeto a la normativa laboral vigente». Los trabajadores camerales han tenido durante años un status algo particular que les acercaba al funcionariado sin serlo. El citado reglamento pretendía aplicarles el régimen del personal laboral al servicio de las administraciones públicas, singularmente en lo que respecta a los regímenes de selección,disciplinario y de incompatibilidades y al código ético y de conducta.

Esta cuestión es la única sustancial que el Consell Jurídic ordena modificar respecto al reglamento, que en principio será aprobado por el Consell mañana para que sea publicado en el Diario Oficial (DOGV) antes del 2 de octubre, fecha fijada por el Gobierno para el inicio de los procesos electorales en las cámaras españolas. Los comicios deberán haber terminado antes del 1 de octubre de 2018. Las previsiones de la Generalitat es que las de la Comunidad estén renovadas en el plazo de ocho meses. Otras cuestiones abordadas por el Consell Jurídic son la recomendación de que los miembros del pleno cameral elegidos de entre personas de reconocido prestigio tengan una cierta limitación de mandato y no que puedan ser reelegidos indefinidamente.