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Denominación de origen

Un cambio normativo devuelve a Alicante el territorio de su D.O. del vino

El Consell modifica la reforma de 2011 del pliego de condiciones de la denominación de origen de Valencia por la que se incluían los municipios vitícolas provinciales y de Utiel-Requena

Un cambio normativo devuelve a Alicante el territorio de su D.O. del vino

«Es devolvernos nuestro territorio, donde se planta y se produce la uva de nuestra denominación de origen», subrayaba el presidente del Consejo Regulador Vinos de Alicante, Antonio Navarro. El dirigente de la indicación geográfica manifestaba así su satisfacción, tras publicarse el martes -8 de agosto- en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana la resolución de la Conselleria de Agricultura por la que se modifican las condiciones que regulaban desde 2011 la denominación de origen de vinos Valencia para volver a reconocer los territorios de las demarcaciones, como los de Utiel-Requena y Alicante. Una decisión que supone retornar a las condiciones originales que tenía la denominación de origen de vino valenciana y, paralelamente, las del resto de las de la Comunidad.

La reciente resolución de la Conselleria estima que ninguno de los motivos aducidos para cambiar el estado vigente de las indicaciones protegidas de la Comunidad hasta 2011 «es técnico ni se justifica de ningún modo objetivo» y que «las razones de índole comercial no tienen entidad para modificar el pliego de condiciones de una denominación ni tampoco para impedir su modificación», subraya la Unió de Llauradors, aludiendo al texto de la resolución.

Esta organización agraria también muestra su satisfacción por la decisión del Consell, ya que en estos años ha venido solicitando rectificarla orden del PP. Los Consejos Reguladores de Alicante y de Utiel-Requena, por su parte, presentaron recursos e, incluso, llevaron el asunto a los tribunales.

Hace seis años, la Conselleria de Agricultura -bajo el Gobierno del PP- impulsó un cambio en el pliego de condiciones de la indicación geográfica de vinos valenciana por el que pasaban a incluirse en ésta la mayoría de municipios de las denominaciones de Alicante y Utiel-Requena y se permitía la comercialización de sus vinos bajo la marca de la valenciana.

Conflicto

Una drástica alteración del escenario original que provocó el rechazo inmediato de las denominaciones afectadas, a través de alegaciones a la orden, primero, y con un recurso en los tribunales, después. Las denominaciones de origen de Alicante y de Utiel-Requena unieron fuerzas y en 2011 presentaron ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana un contencioso-administrativo reclamando la integridad de sus territorios vitícolas.

El recurso no fue admitido y ambas demarcaciones geográficas acudieron el pasado año al Tribunal Supremo, cuya resolución está pendiente. Ahora, ambos consejos reguladores tendrán que volver a reunirse para analizar si retiran el recurso, una vez que el el estado original que reclamaban queda restablecido con la decisión del Consell. «Sí tenemos que reunirnos los consejos y estudiarlo», reconocía el presidente de la denominación de origen de Alicante, Antonio Navarro. No obstante, aunque el factor que originó el conflicto ha desaparecido, tras la resolución de la Conselleria se abre un periodo de alegaciones de un mes.

Con los nuevos criterios, la Conselleria de Agricultura sale en defensa de la territorialidad de los viñedos las denominaciones de origen protegidas de vinos de la Comunidad (DO Valencia, DO Alicante y DO Utiel Requena, así como la Indicación Geográfica Protegida de Castellón), siguiendo los criterios que marcan los reglamentos de la Unión Europea (UE), al mantener en una resolución las condiciones de funcionamiento de producción y comercialización de estas entidades.

Excepción

En su resolución de 2 de agosto de 2017, el secretario autonómico de Agricultura y Desarrollo Rural, Francisco Rodríguez Mulero, hace pública la decisión favorable parcial a la modificación del pliego de condiciones de la DO Valencia. En este cambio hace una excepción en el caso las parcelas inscritas de los socios que tiene en la provincia de Alicante y Albacete la cooperativa vinícola La Viña de la Font de la Figuera -con sede en Villena-, a los que se les seguirá dejando que porten su producción para la elaboración de vinos en la DO Valencia, señala la Unió de Llauradors.

Según ese texto, «no constituyen una distorsión territorial dentro de la subzona de Clariano y el término municipal de Villena, limítrofe con la Font de la Figuera, «comparte características edáficas y climáticas, añade la organización agraria,aludiendo a la resolución.

La Unió destaca también que, según la Conselleria, una denominación de origen protegida es el nombre de una zona que sirve para designar un vino cuya calidad y características se deben básica o exclusivamente a un entorno geográfico particular, con los factores naturales y humanos inherentes a él. «Los intereses comerciales quedan al margen de los factores naturales y humanos que definen a un vino denominación», añade.

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