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El Consell recurre el archivo de la causa penal contra Coepa pese a anunciar lo contrario

La Abogacía de la Generalitat considera que la patronal cometió un «delito continuado» con las subvenciones para su centro de oficios

El presidente de Coepa, el conseller Climent y el secretario de Empleo, en el centro de oficios de la patronal.

La Generalitat ha recurrido el archivo de la causa penal contra Coepa decretada por el Juzgado de Instrucción Número 9 de Alicante, que consideró prescritos los supuestos delitos de los que el Servef acusaba a la patronal por la gestión de las subvenciones recibidas para su centro de oficios. De esta forma, la Abogacía de la Generalitat contradice a la Conselleria de Economía que dirige Rafael Climent, que anunció que acataría la decisión de la juez y no seguiría adelante con el caso.

De hecho, el recurso de apelación al que ha tenido acceso este diario está fechado el pasado 8 de mayo, el mismo día que se hacía público el archivo de la causa y un día antes de que fuentes oficiales del Servef aseguraran que no se presentaría dicho recurso, entre otras cosas, para evitar la imagen de que el Ejecutivo autonómico se estaba ensañando con los empresarios alicantinos, lo que evidencia la descoordinación existente en el Consell. En este sentido, desde la Conselleria aseguraron ayer que se trató de una decisión que la Abogacía de la Generalitat tomó de oficio, en base a «criterios técnicos», y que sólo se les comunicó una vez presentado.

En cualquier caso, más allá de las circunstancias en que se ha producido, la apelación del Consell supone un nuevo varapalo para Coepa, que hasta la fecha ha salvado un «match ball» tras otro pero nunca logra despejar su futuro. En este sentido, la Abogacía considera que los hechos denunciados -la supuesta recepción de ayudas de dos organismos públicos para el mismo fin y la presentación de las mismas facturas por duplicado para justificar el gasto- suponen un «delito continuado», lo que situaría la pena máxima para sus responsables en los seis años, por lo que el plazo de prescripción de los mismos sería de diez años y no de cinco, como sostuvieron el fiscal y el propio juzgado.

La denuncia

Como se recordará, la entonces secretaria autonómica de Empleo y actual responsable de Modelo Económico y Financiación, María José Mira, decidió denunciar a la patronal alicantina en agosto del año pasado por los supuestos delitos de fraude en subvenciones, falsedad documental, estafa, apropiación indebida, frustración de la ejecución e insolvencia punible por la gestión de las subvenciones que el Servef había otorgado para la contrucción de su centro de oficios. El escrito señalaba que Coepa había quebrantado la ley al recibir dos ayudas -las citadas subvenciones y la hipoteca concedida por el Instituto Valenciano de Finanzas (IVF)- con la misma finalidad, la ejecución y el funcionamiento del citado inmueble. Además, apuntaba que la patronal había utilizado las mismas facturas -todas ellas de la constructora del expresidente de Coepa Rafael Martínez Berna, CHM- para justificar tanto la recepción de las subvenciones del Servef, como la disposición de fondos del crédito. Además, señalaba que la suma de esas facturas sólo alcanzaba los 4,7 millones de euros, cuando la patronal había recibido de ambas instituciones autonómicas unos 6,8 millones. Por tanto, se desconocía, en su opinión, el destino de más de dos millones de euros de dinero público.

Igualmente, sostenía que Coepa utilizó la declaración del concurso de acreedores para dilatar el embargo del inmuebles por parte del IVF.

¿Crédito o subvención?

Por su parte, los empresarios defendieron que no se había infringido la ley ya que la hipoteca del IVF no es una subvención pública. Que no se había duplicado ninguna factura, sólo se habían utilizado para dos expedientes distintos administrativos distintos lo que, según su defensa, era incluso preceptivo ya que para recibir las ayudas del Servef, primero había que demostrar que se habían pagado los trabajos, lo que se hacía con el dinero de la hipoteca. También señalaban que la denuncia sólo había tenido en cuenta las facturas de una de las empresas que intervino en la obra y no la totalidad. Por último, negaban cualquier irregularidad en la tramitación del concurso y recordaba que, de hecho, están a la espera de que el IVF asuma la titularidad del edificio.

Sin embargo, la juez ni siquiera entró en el fondo de los hechos. Por un lado, al considerar que la posible colusión de ayudas no procedía ya que el crédito se concedió más de diez años antes de la presentación de la denuncia; y, por otro, porque la última de las subvenciones se había pagado más de cinco años antes, el plazo de prescripción de los delitos que no superan los cinco años. Por último, no vio indicios de frustración de la ejecución ni de insolvencia punible.

«Infracciones conexas»

La Generalitat considera que la «pluralidad de acciones» cometidas y al tratarse el supuesto de «infracciones conexas», los hechos deben tener la consideración de «delito continuado». Por tanto, «la pena para el cómputo del plazo de prescripción sería la correspondiente a la señalada para el delito más grave cometido» que, bajo este supuesto, serían los de estafa y apropiación indebida, con seis años de cárcel. Por tanto, su prescripción sería de 10 años y no de cinco, como señaló la juez. Igualmente, considera acreditado que Coepa trató de dilatar la ejecución del embargo del centro de oficios con su declaración de concurso, por lo que pide que se reexamine también este hecho. La patronal alicantina ya ha presentado sus alegaciones y está a la espera de que el juzgado -que ha cambiado de titular en este tiempo- resuelva.

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