Llega esa fecha señalada en el calendario en la que toca rendir cuentas con Hacienda. Este año, la Campaña de la Renta comenzará el próximo 5 de abril y finalizará el 30 de junio. Como cada curso, surgen las mismas dudas para cumplir con nuestras responsabilidades como ciudadanos. Una de las más recurrentes está ligada al tema del borrador. Hacienda ofrece diferentes opciones para realizar el borrador de la renta para su posterior aceptación o modificación del mismo. Repasemos cuáles son esas opciones.

Correo ordinario

Esta opción está al alcance de los que hayan realizado la declaración con anterioridad. A la hora de completarla, existe la casilla número 110. Al marcar esta opción estamos dando consentimiento para que el siguiente año envíen de manera automática el borrador vía correo ordinario.

Internet

Si por cualquier motivo no se marcó dicha casilla el curso pasado, siempre se puede recurrir a la opción de Internet. Este año la declaración de la renta trae consigo varias modificaciones. Entre ellas, la sustitución del programa Padre por el servicio Renta Web. Para hacer uso de esta opción, hay que acceder a la web de la Agencia Tributaria y clicar en ''Campañas''. La Agencia ofrecerá un largo listado de secciones, en este caso hay que seleccionar ''Renta 2016''. A continuación, aparecerá el siguiente cuadro.

El siguiente paso será solicitar el número de referencia, un sistema de autenticación para acceder a los servicios de tramitación de la Renta y/o Patrimonio. Para solicitarlo, hay que clicar en el icono amarillo ''RENØ''. La Agencia solicitará los siguientes datos: NIF e importe de la casilla 440 de la declaración del año pasado.

Si se desconoce el importe de dicha casilla, se puede consultar de las siguientes maneras: A través de las cartas de borradores y datos fiscales que se remitan por el servicio de correos, a través de SMS o en las oficinas de la Agencia Tributaria, con solicitud de cita previa.

Quienes no realizaron la declaración el año pasado deben introducir los 24 dígitos del IBAN de una cuenta bancaria de la que se sea titular y que conste en las bases de datos de información de la Agencia Tributaria. Es decir, no sirve una cuenta que se haya creado recientemente. Una vez se hayan aportado los datos solicitados, la Agencia solicitará un número de teléfono móvil para enviar un SMS con el número de referencia. Una vez tengamos dicha clave, se podrá acceder a la modificación del borrador a partir del día 5 de abril.

Existen también los números de teléfono 901 200 345 y 91 535 68 13 destinados a la ayuda de la confección y presentación del borrador en Renta WEB. Su horario es de lunes a viernes de 9 a 19 horas. A partir de abril el horario se amplía hasta las 21 horas y en agosto se reduce hasta las 15 horas.