El Tribunal Supremo ha declarado inaplicable el régimen de financiación del bono social, que es el que pagan los consumidores de energía eléctrica considerados más vulnerables, al entender que es incompatible con la normativa comunitaria. En dos sentencias, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima los recursos interpuestos por EON España y Endesa, y reconoce el derecho de ambas a cobrar una indemnización por las cantidades aportadas por este concepto desde la puesta en marcha de esta medida, a raíz de un decreto de 2014.

En función de esta normativa, ciertas compañías debían asumir un descuento de hasta el 25% en el recibo de la luz de hogares con todos los miembros en paro, familias numerosas, pensiones mínimas y potencias inferiores a 3 kilovatios (kW). De esta forma, las principales eléctricas, que son Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, Viesgo y EDP España, se han visto obligadas a destinar cerca de 500 millones a sufragar esta rebaja.

Según el Supremo, este régimen de financiación del bono social incumple la exigencia establecida en la Directiva 2009/72/CE sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, que establece que «las obligaciones de servicio público deberán definirse claramente, ser transparentes, no discriminatorias y controlables». Asimismo, considera que el régimen vulnera el principio de proporcionalidad, ya que «hace recaer la carga de financiación sobre determinados agentes del sistema eléctrico, con exclusión de otros, de manera indefinida y sin ningún tipo de medida compensatoria».

En opinión de los magistrados, la decisión adoptada por el Gobierno, que en 2014 acordó la metodología para calcular la forma en la que se reparten las eléctricas el coste de este bono, no ha quedado debidamente justificada ni en la normativa ni tampoco en los alegatos de la propia Administración durante el litigio.

Discriminación

Desde las empresas destacan que el fallo responde a los criterios fijados por la normativa comunitaria y que «las eléctricas no están en contra del bono social, sino de la manera con la que se ha ido aplicando, que es discriminatoria». También califican de «victoria» la resolución judicial y consideran «bastante justo» que la ayuda a los consumidores vulnerables no se cargue sobre las eléctricas, sino sobre otras fuentes como los Presupuestos Generales del Estado (PGE). Igualmente, sostienen que las compañías ya mantienen acuerdos con las administraciones para proteger a los consumidores vulnerables.