La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que obliga a indemnizar a una antigua trabajadora interina del Ministerio de Defensa como si se tratara de una empleada fija generó ayer una enorme controversia, ante las diferentes interpretaciones que realizan de la misma sindicatos, patronal y Gobierno. Así, mientras que CC OO y UGT consideran que la decisión del TJUE obliga a equiparar las indemnizaciones de todos los trabajadores temporales -unos cuatro millones en todo el país-, desde el Ejecutivo estiman que tendrá efectos «esencialmente» sobre los interinos, un colectivo mucho más reducido, que engloba a unos 300.000 profesionales en España.

En concreto, el Gobierno en funciones anunció ayer que está «analizando» el impacto de la sentencia sobre la normativa laboral española aunque, a través de un comunicado, el secretario de Estado de Empleo en funciones, Juan Pablo Riesgo, ya avanzó que el Ejecutivo considera que el fallo «tiene efectos jurídicos esencialmente sobre las cuestiones y casos concretos sobre los que se ha planteado la cuestión prejudicial al Tribunal Europeo». Es decir, el caso de una trabajadora interina del Ministerio de Defensa.

En este sentido, el fallo critica de forma general la «desigualdad» que crea la normativa al establecer indemnizaciones diferentes para los empleados temporales, que reciben 12 días por año trabajado al finalizar su contrato, y los indefinidos, que cobran 20 días en caso de ser despedidos. Una desigualdad que, según la sentencia, se hace aún más evidente en el caso de los interinos -aquellos que ocupan la plaza de otro trabajador que está de excedencia o de baja-, que no reciben absolutamente nada cuando abandonas su puesto de trabajo al regresar el titular.

Por eso la sentencia señala que «el mero hecho de que este trabajador haya prestado sus servicios en virtud de un contrato de interinidad no puede constituir una razón objetiva que permita justificar la negativa a que dicho trabajador tenga derecho a indemnización».

Para el secretario de Estado de Empleo esto no significa que el Tribunal cuestione la existencia de diversas modalidades de contratación y que, por tanto, haya que implantar un contrato único. También recuerda que el asunto que se pone en tela de juicio no tiene relación de la última reforma laboral. En cualquier caso, señala, será el próximo Gobierno o el Parlamento el que decida realizar los cambios normativos que considere «oportunos».

Reticencias de los empresarios

Al respecto, desde la CEOE creen que la sentencia no obliga a hacer ningún tipo de cambio a la normativa española y consideran que el fallo contiene errores de concepto. Así, la patronal apunta que a todos los trabajadores, con contrato temporal o indefinido, se les aplica el mismo régimen jurídico y la misma extinción cuando se considera despido disciplinario, por causas objetivas o colectivo, que en el caso de procedente es de 20 días y de 33 si es improcedente. Otra cosa diferente en la indemnización por finalización de contrato, de 12 días. que sólo se aplica a los empleados temporales.

Todo lo contrario de lo que piensan los sindicatos, que exigen la inmediata modificación del Estatuto de los Trabajadores para equiparar las indemnizaciones por despido de todos los trabajadores. Es más, UGT y CC OO consideran que cualquier trabajador temporal que haya finalizado su contrato durante el último año pueden exigir el pago de la diferencia, ya que en la normativa laboral establece que las reclamaciones de cantidad no prescriben hasta pasada esa fecha.

Así, el secretario general de CC OO, Ignacio Fernández Toxo, destacó que la sentencia del TJUE plantea que «no puede haber discriminación entre un trabajador y otro» e incidió en que CC OO pondrá sus servicios jurídicos a disposición de todos los trabajadores «que quieran hacer valer sus derechos». Asimismo, el máximo responsable de UGT, Pepe Álvarez, explicó que el sindicato analizará cómo se pueden hacer las reclamaciones y las modificaciones legislativas que, en su opinión, las Cortes Generales deberían atender «de manera inmediata».

Rechazo de los autónomos

Desde el colectivo de autónomos, el presidente de la Federación ATA, Lorenzo Amor, consideró que este tipo de sentencias sólo genera inseguridad, pidió que se piense en «el empleador» que es quien crea puestos de trabajo, y subrayó que «no se pueden cambiar las reglas a mitad de partido».