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El Tribunal Supremo confirma la sanción a Baleària por pactar precios en el Estrecho

La naviera solicitó su anulación al considerarla desproporcionada pese a que admitió los hechos

Baleària tendrá que pagar una multa de entre un millón y 1,9 millones de euros por haber pactado precios y haberse repartido con el resto de compañías el mercado del transporte marítimo de pasajeros entre Ceuta y Algeciras al menos desde febrero de 2008 y hasta abril de 2010. Así lo ha decidido el Tribunal Supremo, en una sentencia en la que rechaza el recurso presentado por la naviera de Dénia y su filial Euromaroc 2000 contra un fallo anterior de la Audiencia Nacional, en el que sólo se habían atendido parcialmente las pretensiones de la compañía, que considera desproporcionada la sanción.

En el caso ante la Audiencia Nacional, Baleària había solicitado la nulidad de la sanción impuesta por la Comisión Nacional de la Competencia en noviembre de 2011 al considerar que los hechos denunciados -el reparto de cuotas y la fijación de precios en la línea que une Algeciras y Ceuta entre febrero de 2008 y 2011- se solapaba con otro expediente en el que también se le multó por pactar las tarifas de intercambio durante las Operaciones Paso del Estrecho de 2008 y 2009. Entendía la compañía presidida por Adolfo Utor que se le estaba castigando dos veces por los mismos hechos.

La Audiencia Nacional le dio parcialmente la razón y señaló que el importe de la sanción por las Operaciones de Paso del Estrecho de 2008 y 2009 -que será de 430.000 ó 1.300.000 euros en función de lo que decidan los jueces, puesto que también está recurrida- debía descontarse de la nueva multa, que ascendía a 2.351.689 euros.

A pesar de este descuento, y del hecho de que Competencia ya le había rebajado a la mitad la multa por confesar los hechos y colaborar con la investigación, Baleària consideraba «desproporcionada» la sanción y alegaba que no se había probado que la conducta denunciada hubiera tenido repercusión en el mercado. Sin embargo, el Tribunal Supremo considera suficientemente acreditada esta repercusión y, por tanto, confirma la sentencia anterior y la multa.

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