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26.000 euros

El Supremo rechaza el recurso de la Fundación CAM para librarse de pagar por unas cuotas

La heredera de la Obra Social devolverá a un vecino de Beneixama lo que abonó por los títulos

El Supremo rechaza el recurso de la Fundación CAM para librarse de pagar por unas cuotas

La Fundación CAM tendrá que devolver 26.000 euros a un vecino de Beneixama después de que el Tribunal Supremo haya rechazado en un auto fechado el pasado 4 de abril los últimos recursos de la entidad para librarse de pagar por unas cuotas participativas. La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo no ha admitido los recursos presentados por Fundación CAM (uno por casación y otro por infracción procesal) contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante emitida en 2014 que obligaba a CAM a pagar 26.075 euros al cliente de Beneixama que compró participativas por este valor al entender que se trataba de un producto financiero poco transparente del que no se advirtió en ningún momento de los riesgos de su contratación.

En su lucha judicial para evitar el pago de estos productos, la Fundación alegó que traspasó toda su deuda al Banco CAM -hoy Banco Sabadell- y que por tanto no tenía que responder de las reclamaciones ligadas a las participativas. Tras «machacar» la Audiencia Provincial este argumento y declarar que la heredera de la Obra Social es responsable de estos títulos por ser la entidad comercializadora pese a sus acuerdos «internos» con Banco CAM, la entidad presentó ante el Supremo un recurso por infracción procesal y otro de casación, rechazados ambos por el Alto Tribunal al no adaptarse a los previstos legales para su admisión.

La CAM alegó ante el Supremo que la sentencia de la Audiencia que pretendía revocar -y que daba la razón al juez de Primera Instancia que obligó a la devolución del dinero- «obvió los efectos legales de la segregación, en concreto que, en virtud de dicho negocio, CAM segregó a Banco CAM el negocio financiero en toda su extensión». Con ello se pretendía argumentar que el único responsable de las deudas era el Banco CAM al asumir todo el negocio financiero con la segregación, eximiendo así de esta responsabilidad a la Fundación.

Deuda espejo

Sin embargo, el Supremo aclara que no ha habido ningún error en la interpretación de la Audiencia en relación a la segregación y que «la intención de las partes fue que Banco CAM asumiera la llamada deuda espejo de la caja, consistente en las obligaciones de reembolso que pudieran derivarse de las participativas y que esa asunción lo era internamente, es decir, en las relaciones entre esas dos mercantiles, lo que implicaría, según la resolución, que externamente las partes aceptaban que la deuda seguiría recayendo sobre CAM». Ello, recuerda el Supremo, «sin perjuicio de que Banco CAM se hiciera cargo internamente de las obligaciones de reembolso». En pocas palabras: que a quien se le tiene que reclamar como responsable es a la Fundación aunque el que tenga que desembolsar el dinero sea el Sabadell por asumir la deuda de la primera.

Por tanto, recoge el auto del Supremo, «los argumentos desplegados por la resolución recurrida impiden calificar la interpretación que sostiene la Audiencia Provincial de Alicante como manifiestamente errónea o arbitraria, ni puede decirse que se haya vulnerado las normas que se citan ni la doctrina jurisprudencial de esta Sala alegada como infringida». Al no admitirse el recurso de casación, no da lugar, por tanto, a admitir el recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto también por la Fundación CAM.

En definitiva, el Supremo declara firme la sentencia de la Audiencia que obliga a la Fundación CAM a responder por las cuotas que compró el vecino de Beneixama al que ahora tendrá que abonar los 26.000 euros que invirtió en estos valores.

Y así lo reclamará el abogado que le representa , el letrado Antonio Lucas del bufete López Giménez Torres. Si la Fundación CAM no paga en los próximo 20 días pedirá la ejecución de la sentencia y, si fuera necesario, solicitaría un embargo de los bienes de la entidad para cubrir el pago. «Que la Fundación CAM pague y que luego le quiera pasar el recibo al Sabadell es algo en lo que ya no entramos, pero a quien le reclamamos es a ella», manifestó ayer Antonio Lucas a preguntas de este diario.

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