Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

La Fiscalía acusa a la cúpula de la CAM del falseo de las cuentas pero exculpa a Crespo

Anticorrupción reclama más de 7 años de cárcel para cuatro de los exdirectivos de la caja

La Fiscalía Anticorrupción considera que los dos últimos directores generales de la CAM, Roberto López Abad y María Dolores Amorós, y los directores de Planificación y Control e Inversiones y Riesgos, Teófilo Sogorb y Francisco Martínez respectivamente, son los responsables de la falsedad de las cuentas falsedad de las cuentas de la CAM por la que se declararon beneficios cuando la entidad arrastraba pérdidas que superaban los mil millones. Unos hechos, acotados entre 2010 y el primer semestre de 2011, en los que no ha quedado probada la participación de quien fuera el último presidente de la entidad, el empresario ilicitano Modesto Crespo, para quien se solicita el sobreseimiento de las actuaciones.

Así lo recoge el escrito presentado anteayer por el fiscal Luis Rodríguez Sol en el marco de la considerada pieza principal de las abiertas por la gestión de la caja. Unas conclusiones provisionales en las que el acusador público atribuye la condición de cómplices a los otros tres procesados en esta causa: Juan Luis Sabater, director de Financiación y Gestión de Liquidez; Salvador Ochoa, director general de Información Financiera; y Vicente Soriano, director general de Recursos, este último sólo en relación al presunto cobro indebido de retribuciones por parte del comité de dirección, el otro asunto que se dirime en este proceso junto a la falsedad contable.

El acusador público atribuye a los acusados, bien como autores o como cómplices, los delitos de apropiación indebida o, alternativamente, de estafa o administración desleal. En el caso de López Abad, Amorós, Sogorb y Martínez solicita penas que superan los siete años de prisión mientras que para Sabater y Ochoa reclama en torno de los 14 meses y diez para Soriano.

Sabadell y Fundación CAM

En cuanto al quebranto económico provocado por la actuación de los acusados, Rodríguez Sol lo cifra en unos 70 millones. De esta cifra, 50 millones corresponderían a los compradores de cuotas participativas durante 2010 y el primer semestre de 2011 (el periodo en el que sostiene que se maquillaron las cuentas) dado que las transacciones, que cifra en unas 46.000, no se hicieron de acuerdo al valor real de estos títulos.

Con este planteamiento el fiscal trae hasta la pieza principal a los ahorradores/inversores afectados por la compra de participativas que, a su vez, son objeto de investigación en otra pieza que se está instruyendo en el juzgado que dirige la magistrada Carmen Lamela. El acusador pretende que, de confirmar el tribunal el daño a este colectivo, se concrete en ejecución de sentencia quiénes tendrían derecho a ser indemnizados.

Los 20 millones restantes mantiene el Ministerio Público que se corresponden con lo abonado indebidamente en retribuciones, una cantidad de la que únicamente considera perjudicado al Banco Sabadell como propietario del negocio financiero de la CAM.

El fiscal cita como responsables civiles de la actuación de los exdirectivos al Banco Sabadell, a la Fundación CAM y a Caser, ésta última como directa y las dos primeras como subsidiarias. La decisión de Rodríguez Sol no sólo coloca en una situación complicada a la Fundación CAM, a la que sitúa en la posición de combinar el papel de acusación particular (como está personada este procedimiento desde el inicio ) con el de responsable civil sino que, además, obliga a entrar en el proceso al Sabadell cuando el banco catalán ha intentado por todos los medios mantenerse al margen de las causas judiciales abiertas por la gestión de la CAM hasta el punto de declinar el ofrecimiento hecho de personarse en algunos de la piezas como posible perjudicado.

Una vez presentado el escrito del fiscal y el de la acusación popular (que pide una media de 16 años de cárcel para los ocho procesados) faltan los de las acusaciones particulares: la Fundación CAM y el Fondo de Garantía de Depósitos.

Lo último en INF+

Compartir el artículo

stats