No es la única sentencia sobre cláusulas suelo de la Audiencia alicantina. Recientemente se ha tenido que pronunciar sobre otro caso que ha estado paralizado hasta que no se pronunciara el Supremo, ya que el alto tribunal tenía que resolver sobre la validez de las cláusulas suelo del BBVA. La demanda presentada en Alicante era contra el mismo banco, motivo por el que el tribunal se ha limitado ahora a aplicar lo que ya dictaminó en mayo el Supremo. La Sección Octava resuelve que el alto tribunal ya ha declarado nulas las cláusulas suelo de este banco. Sin embargo, considera que el dinero a devolver debe ser a partir de la fecha en la que se pronunció el Supremo, ya que consideran que este órgano judicial ya dijo que no se debe aplicar de manera retroactiva. La resolución cuenta con el voto particular de un magistrado que considera que si las cláusulas suelo son nulas debe devolverse el dinero en su totalidad. «No es graduable, ni puede tener un carácter parcial. Menos aún depender de un dato tan aleatorio como la fecha de una sentencia dictada por el Tribunal Supremo español», argumenta el magistrado, que considera que la decisión va en contra del criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. J. A. M.