La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional considera que las condiciones de los trabajadores plasmadas en convenios colectivos mantienen su vigencia después de la reforma del mercado laboral, que estableció para aquellos convenios que hubieran sido denunciados una duración de un año hasta el pasado 8 de julio. Así lo establecen los magistrados en una sentencia sobre la empresa valenciana Air Nostrum en la que hacen una interpretación de la «ultraactividad» de los convenios colectivos, es decir, si continúan en vigor o no una vez finalizado el periodo para el que fueron pactados y hasta la aprobación de uno nuevo. El sindicato de pilotos solicitaba la permanencia de su tercer convenio colectivo hasta la aprobación de uno nuevo que sustituyera al anterior.