La Universidad de Alicante mantendrá en su buscador de internet el nombre del secretario judicial que participó en el consejo de guerra que condenó a muerte del poeta Miguel Hernández, Antonio Luis Baena Tocón, suprimido de varios textos firmados por el catedrático de Literatura Juan Antonio Ríos Carratalá a petición de su hijo, José Francisco Baena, que reclamaba el derecho al olvido con la supresión de sus datos personales.

En una resolución que el rector de la UA, Manuel Palomar, hizo pública ayer ante el recurso de alzada presentado por el profesor Ríos Carratalá, la institución académica ha decidido anular el «borrado» de dichos datos -confirmado en una orden de la Gerencia el pasado 12 de junio, revocada ayer- fundamentado en tres argumentos: considerar a Baena Tocón una «autoridad pública»y, por tanto, de «interés público»; entender que la publicación de su nombre responde a «fines de investigación histórica»; y considerar el concepto de investigación «en sentido amplio», que incluye la «publicación en abierto» de repositorios virtuales «como un índice de calidad de la difusión científica y una extensión del contenido digital de la investigación», según indicó ayer Palomar.

Estas premisas, incluidas en las conclusiones de la resolución, han llevado a la Universidad de Alicante a afirmar que la publicación de los datos personales incluidos en esta investigación histórica «no es contraria a la ley de protección de datos de carácter personal», como defendía el familiar afectado.

Indexar sin limitaciones

Por lo tanto, el nombre del funcionario Baena Tocón se volverá a indexar (incluir para que aparezca en las búsquedas digitales) en el artículo de Ríos Carratalá El caso Diego San José y el Juez Humorista que aparecía publicado en el Repositorio de la Universidad de Alicante (RUA), que era el que afectaba en este caso a la UA, así como en otra publicación de la Fundación Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, gestionado por la universidad alicantina. A partir de ahora, el artículo mencionado «puede ser indexado por los buscadores de internet de la UA sin limitación alguna», explicó Palomar, tras añadir que su reposición se realizará cuando el autor, Ríos Carratalá, lo estime conveniente.

Como se recordará, fue Ríos Carratalá quien decidió primero sustituir el nombre de Baena Tocón por sus iniciales de forma provisional, a petición del familiar y a la espera de lo que indicara la UA, que el 12 de junio acordó su desindexación de los buscadores de internet con nombres y apellidos, por lo que posteriormente el profesor solicitó la retirada de dicho artículo del repositorio de la UA, por lo que fue retirado, y presentó un recurso de alzada alegando, entre otros motivos, la lesión a su libertad fundamental de producción y creación científica.

Tras la polémica generada por esta decisión, que obtuvo el rechazo unánime de la comunidad universitaria, investigadores e historiadores, y ante el recurso de alzada del profesor, el rector -que no consideró que hubiera «exceso de prudencia» en este caso- solicitó varios informes a la Gerencia, la Delegación de Protección de Datos y a los vicerrectorados de Investigación y Transferencia, Calidad e Innovación Educativa y Campus y Tecnología.

El peso de un informe

En la decisión final, explicó Palomar, ha primado, especialmente, un informe de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) remitido el pasado 21 de junio sobre un caso de circunstancias similares sobre una publicación que incluía nombres de jueces, magistrados, médicos y funcionarios presentes en diversas causas judiciales que se siguieron durante el franquismo contra personas acusadas de homosexualidad.

En este informe jurídico, la Agencia Española de Protección de Datos concluía que «tratándose de una investigación histórica y de datos personales de autoridades y funcionarios públicos relacionados con el ejercicio de sus funciones que revisten un claro interés público, la publicación de dichos datos no es contraria a la normativa sobre protección de datos de carácter personal».

La UA considera que esta argumentación es aplicable al caso planteado, ya que aprecia que en el periodo histórico investigado «las funciones desempeñadas por Antonio Luis Baena Tocón, actuando como secretario judicial, ejerciendo funciones públicas, tienen un interés público, por lo que -siguiendo el informe de la AEPD- tendría consideración de autoridad pública y la publicación de su nombre y apellidos no es contraria a la normativa sobre protección de datos de carácter personal».

Otro de los informes valorados es el del Vicerrectorado de Investigación, que concluye que el trabajo de Ríos Carratalá «reviste el carácter de ser un trabajo de investigación científica o histórica y su difusión e impacto forma parte del proceso ordinario de un investigador». Añade que hoy se incluyen en el concepto de Ciencia «las ciencias sociales, jurídicas y humanidades en las que se incluye la investigación histórica» y la investigación de Ríos parte «de un objeto de análisis histórico claro» donde el autor «utilizó fuentes obtenidas en archivos de público acceso», por lo que estima «pertinente» saber los nombres de los funcionarios públicos que intervinieron. También considera que «la eliminación del nombre y apellidos de Baena Tocón de los metadatos de búsqueda digital del RUA pudiera afectar al impacto digital de la investigación».

Manuel Palomar indicó que este asunto ha abierto un debate latente en universidades y centros de investigación sobre si los metadatos de las obras editadas digitalmente forman o no parte de la obra publicada. En este caso lo son y solo el autor puede modificarlos, explicaron. Esta resolución sienta precedente para futuros casos similares que puedan presentarse.