n El catedrático de Literatura de la Universidad de Alicante Juan Antonio Ríos Carratalá consideró ayer «un alivio» la rectificación de la Universidad de Alicante en el borrado del nombre de Antonio Luis Baena Tocón, secretario judicial del consejo de guerra que condenó a muerte a Miguel Hernández, de los textos firmados por él e incluidos en el repositorio o buscador de la Universidad de Alicante. Esta supresión se produjo el pasado mes de mayo a petición de un hijo de Baena Tocón y, en el caso de la Universidad de Alicante, afectaba al artículo El caso Diego San José y el juez Humorista publicado en el repositorio institucional de la UA (RUA) y a otra publicación de la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes.

Ayer, el rector Manuel Palomar revocó la decisión de su gerencia del 12 de junio por la que se acordaba suprimir el nombre y apellidos de Baena Tocón, entre otros motivos, por tratarse de una persona con funciones públicas y, por tanto, «de interés público» -por lo que su nombre volverá a figurar en las búsquedas de la UA- , algo que el propio Ríos Carratalá ya argumentó antes de presentar su recurso de alzada indicando que Baena Tocón era en ese momento «un funcionario que actúa en un acto público y firma un documento público».

Ríos Carratalá manifestó ayer que la decisión final después de dos meses de polémica supone «un alivio , no ya para mí sino para todos los que nos dedicamos a la investigación y a la Historia», ya que la resolución de la Gerencia del pasado 12 de junio «era un precedente terrible para nuestro trabajo y si yo no hubiese presentado el recurso de alzada habría sido una decisión firme».

A partir de ahora, el investigador debe solicitar la incorporación del nombre de Baena Tocón a su texto incluido en el repositorio de la Universidad de Alicante, algo que hará en septiembre, ante el periodo vacacional de agosto.

«Efectivamente, como el artículo es mío, debo ser yo quien solicite su reposición», aseguró, tras indicar que «en cinco minutos se soluciona el asunto, pero ahora mismo no puedo hacerlo porque mañana -por hoy- tengo que participar en un tribunal y en agosto cierra la Universidad, así que el 2 de septiembre lo haré porque el día 1 es domingo».

Respecto a si se sintió poco respaldado por la Universidad de Alicante en su decisión anterior de mantener el borrado, el catedrático de Literatura señaló: «Yo no hablo de la Universidad de Alicante, sino de personas concretas que tomaron decisiones, que considero equivocadas, y al final la Universidad de Alicante ha reaccionado».

«Precedente positivo»

Del mismo modo, Juan Antonio Ríos Carratalá valoró que la actual resolución es «un precedente positivo» para abordar casos similares si se plantean en el futuro.

«No se puede borrar la Historia ni se pueden borrar los nombres de personas que han participado en actos que sucedieron hace ochenta años. Si no, acabaríamos diciendo que el 18 de julio de 1936 el general F. F. dio un golpe de Estado», explicó el catedrático alicantino con este ejemplo extremo, quien a pesar de todo reconoce el derecho de las personas a reclamar lo que consideren oportuno con respecto al papel de sus familiares.

Ríos Carratalá calificó también de «abrumador» el apoyo recibido por parte de los investigadores e historiadores a su caso, tanto de la comunidad universitaria como de la Fundación Española de Historia Moderna, que llegó a calificar de «censura» la decisión de la Universidad de Alicante.

«Desde que sucedió, en apenas unos días se publicaron más de sesenta artículos sobre el tema en la prensa nacional y hasta en la extranjera», destacó, tras recordar que la eliminación de un nombre de sus textos era algo nuevo en su dilatada trayectoria como escritor e investigador: «No me había sucedido nada igual en los 37 años que llevo investigando y después de 34 libros publicados».

Por otra parte, y tras desestimar la Universidad de Alicante las alegaciones del hijo de Luis Antonio Baena Tocón en este asunto, la institución académica da por finalizado el procedimiento administrativo.

No obstante, el familiar puede interponer recurso contencioso administrativo ante los juzgados de dicho orden jurisdiccional con sede en Alicante en el plazo de dos meses, a computar el día siguiente a la notificación de la resolución.