El Consell ha acordado dejar sin efecto el punto segundo del acuerdo de fecha 19 de junio de 2015 por el que la Generalitat asumía la titularidad de la deuda que la Fundación Centro de Estudios Ciudad de la Luz , que se encuentra en Alicante, mantiene con el Instituto Valenciano de Finanzas, por importe de 436.830 euros, al haberse extinguido la fundación y confluir en la Generalitat la condición de acreedor y deudor en relación con la mencionada deuda.

El Consell autorizó el 8 de agosto de 2014 la extinción de la Fundación Centro de Estudios Ciudad de la Luz.

Asimismo, el Consell, en fecha 19 de junio de 2015, acordó asumir, por parte de la Generalitat, la titularidad de la deuda que la Fundación Centro de Estudios Ciudad de la Luz mantiene con el Instituto Valenciano de Finanzas por importe de 436.830,30 euros.

Una vez ratificado por el Protectorado de Fundaciones el Acuerdo de extinción, el día 23 de febrero de 2017 se acordó la extinción definitiva de la fundación, aprobando para ello las operaciones de realización del patrimonio de la entidad formalizadas por los liquidadores; el balance final de liquidación y la entrega de la totalidad del remanente del balance a la Generalitat.

En fecha reciente, el Protectorado de Fundaciones de la Generalitat ha instado a la comisión de liquidación de la Fundación a que, para poder realizar los trámites necesarios para la liquidación y extinción de la Fundación, la deuda de que esta mantiene con la Generalitat sea consignada o, en todo caso, se obtenga un documento fehaciente donde conste el compromiso de no reclamar dicha deuda.

El artículo 37.4 de la Ley 8/1998, de 9 de diciembre, de Fundaciones de la Comunitat Valenciana, establece que "en el marco del proceso de reestructuración y racionalización del sector público fundacional de la Generalitat, ésta proveerá a las fundaciones de su sector público en liquidación de los fondos y recursos económicos necesarios para que pueda desarrollar de manera ordenada el proceso de liquidación patrimonial".

Por todo ello, y a fin de lograr la extinción definitiva de la fundación y su baja registral, el Consell ha acordado dejar sin efecto el punto segundo del acuerdo del Consell de fecha 19 de junio de 2015.