El Gobierno valenciano prepara una estrategia para dar una solución definitiva al problema heredado del anterior Consell en relación a los terrenos expropiados en su día para la construcción del complejo de la Ciudad de la Luz.

Una sentencia del Tribunal Supremo Tribunal Supremo, hecha pública ayer, determina la devolución a sus propietarios de las parcelas que cambiaron de calificación urbanística o que albergaban edificios que fueron demolidos después de la expropiación, al entender que no existe «imposibilidad jurídica» para su restitución. En este sentido, la Generalitat recoge en un comunicado que «estos propietarios deberían, en ese caso, devolver las indemnizaciones percibidas en su día».

De este modo, entre otras, plantea la cuestión de cómo se realiza la devolución de parcelas aisladas a propietarios que, en su mayoría, después de 17 años, no tienen recursos para afrontar la devolución de los justiprecios recibidos y sus intereses.

Ante esta situación, la Generalitat negociará un acuerdo con los propietarios que permita dar una solución definitiva a esta cuestión y que, al mismo tiempo, garantice el que se libere un espacio que pueda desarrollarse con el fin de contribuir al impulso y al crecimiento económico de Alicante y de la Comunidad Valenciana.

La sentencia del Tribunal Supremo favorece la pretensión de la Generalitat Valenciana en su día, al aceptar su recurso de casación y desestimar el de los expropiados. En concreto, desestima la reclamación de algunos expropiados, que ya llegaron a acuerdos sobre sus parcelas, de seguir legitimados para reclamar nuevas exigencias.

Asimismo, rechaza la pretensión de otros de recibir indemnización. El Supremos establece que se le pueden devolver las parcelas no ejecutadas y reclamar, a su vez, de ellos, las indemnizaciones recibidas en su día.

Sin embargo, esta sentencia en absoluto arregla el problema. La actuación del anterior Gobierno de la Generalitat fue totalmente negligente con una expropiación que resultó declarada nula y abandonando su proyecto cuando la crisis arreció, dejando a los propietarios en una muy difícil situación.

Cabe recordar que en 2011 el Tribunal Supremo corrigió una sentencia del TSJCV y declaró la nulidad del acto administrativo mediante el que se aprobaron las expropiaciones al entender que el Plan Especial de Reserva de Suelo Público aprobado para realizar los estudios de cine no cumplió con la exigencia de concretar la finalidad para la que se elaboró.

La sentencia, no obstante, según apunta la Generalitat, conduce a un escenario complejo con varios problemas derivados, como consecuencia de la falta de planificación y de la desastrosa gestión anterior en la tramitación del complejo, que culminó con la decisión de la UE de considerar ilegales las ayudas del Consell a Ciudad de la Luz y exigir la devolución de los 265 millones recibidos.