¿En qué estadio se encuentra la implantación de la mediación en España?

Estamos en los arranques. Ha habido muchas experiencias durante mucho tiempo con proyectos piloto y ahora llega el momento de dar el paso definitivo a la implantación generalizada.

¿Cuál es el objetivo?

Fundamentalmente la satisfacción de las partes. El acuerdo en el ámbito familiar ha sido el prototipo, pero se tiene que extender a todos los ámbitos: civil, mercantil, laboral, penal y el contencioso-administrativo.

¿Supondrá un ahorro?

Sí. Un litigio cualquiera, desde que empieza hasta que llega la sentencia, supone un coste muy elevado para el Estado, además de para las partes. Con la mediación se consigue que ese tiempo de litigiosidad se reduzca y que, por tanto, el coste sea inferior. Además, hay otro aspecto muy importante, y es que a veces las sentencias se incumplen porque una de las dos partes o las dos no están de acuerdo con el resultado en todos sus términos. Con la mediación lo que se consigue es que el acuerdo lo alcancen los implicados, lo que supone un mayor grado de probabilidad de que cumplan lo que han pactado.

¿Cuál es la situación de España en este campo respecto de otros países?

El esquema Norte-Sur se evidencia también en este modelo. Los mediterráneos somos peleones y nos gusta litigar. Además, somos una sociedad muy comodona, porque en los buenos tiempos, cuando pensábamos que estábamos en época de vacas gordas, se impuso la idea de que si había un problema lo tenía que resolver un tercero. Es más, la formación que se impartía en las facultades de Derecho se orientaba a demandar, no a negociar. La mediación pertenece a la cultura anglosajona, donde se busca el acuerdo y la participación de las partes implicadas en la resolución del conflicto.

Esto supone un cambio de cultura.

Sí, esa es la base, lo que implica que este proceso no va a ser rápido. Hemos avanzado mucho en poco tiempo, impulsados también por la normativa europea.

Un cambio social y de estructura.

Totalmente, porque implantar la mediación implica el compromiso de las administraciones públicas. Por ejemplo, la estructura de los órganos judiciales habrá que readaptarla para ofrecer el servicio de mediación: información al público, un espacio adecuado, destinar a un funcionario a la labor de atención. Hablamos de la mediación intrajudicial, cuando los conflictos ya están muy agravados y no se puede salir de ese marco de litigiosidad. Pero hasta el último momento se está a tiempo de poder llegar a un acuerdo. Los jueces necesitamos unos indicadores que nos sirvan de guía para ver la viabilidad de intentar que las partes pacten.

¿Cuál es el perfil del mediador?

La mediación la realiza una persona externa y para ello necesitamos profesional cualificado. A los jueces se nos debe dotar de medios que nos permitan escoger a esas personas de manera adecuada, con unos niveles de formación determinados y con criterios que nos permitan evaluar los resultados antes y después de la mediación. El Consejo General del Poder Judicial debe arroparnos, asegurando que la calidad de la formación sea la máxima y con unas pautas claras para poder contar con los mejores.

¿Qué aporta la mediación a los jueces?

Nos ha enriquecido porque nos hace trabajar con otras perspectivas distintas a las que supone aplicar la legislación sin más. Nos aporta una visión psicológica, sociológica, de familia. El lenguaje y las problemáticas que aborda son diferentes.