En concreto, hubo 26.313 sentencias condenatorias en los 37.521 juicios celebrados en este periodo en Audiencias Provinciales, Juzgados de lo Penal y Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

En las audiencias, que enjuician los casos en los que se piden penas de más de cinco años de cárcel -asesinatos, homicidios, lesiones muy graves y determinadas agresiones sexuales- se dictaron 30, y de ellas 26 resultaron condenatorias y 4 absolutorias.

En lo que respecta a los Juzgados de lo Penal, hubo un total de 17.590 sentencias, de las que 10.581 acabaron en condenas y 7.009 en absoluciones.

Los delitos que juzgan estos órganos tienen un castigo de hasta 5 años de privación de libertad o trabajos en beneficio de la comunidad y abarcan malos tratos, lesiones, amenazas, coacciones, abusos sexuales y quebrantamientos de penas o medidas cautelares acordadas para la protección de las víctimas.

En los juzgados de Violencia sobre la mujer se dictaron un total de 19.901 sentencias, de las que 15.706 fueron condenas y 4.195 absoluciones, las primeras referidas tanto a juicios de faltas como a sentencias en causas por delito, dictadas de conformidad de la defensa, y las segundas, referidas exclusivamente a faltas.

Los delitos sobre los que pueden dictar sentencias de conformidad estos órganos llevan aparejada una pena privativa de libertad de hasta tres años o trabajos en beneficio de la comunidad.

Para la presidenta del Observatorio, Montserrat Comas, con la aplicación de la Ley Integral "se ha ido consiguiendo, como demuestra el número de asuntos juzgados, una respuesta judicial más eficaz".

En su opinión, las absoluciones demuestran "el escrupuloso respeto de las garantías de los acusados cuando no se presenta prueba de cargo suficiente" y recordó "la dificultad de prueba que existe en estos casos, vinculada con la ejecución de los hechos en el interior de los domicilios y sin presencia de otros testigos".

En el seno de estos procesos, se acordaron 27.078 órdenes de protección, de las 36.156 solicitadas, el 69 por ciento por mujeres españolas.

Respecto al nivel de parentesco, el 35 por ciento de estas órdenes se refirieron al cónyuge, el 31 a una persona con relación afectiva y el 12 por ciento al ex cónyuge.

La principal medida adoptada en materia penal, es la orden de alejamiento de la víctima -en un 86 por ciento de las resoluciones-, seguida de la prohibición de comunicación -el 78 %-, la salida de domicilio y la prohibición de volver al lugar -el 19% de los casos-, la suspensión del uso de armas -15- y sólo en el 7 por ciento fueron privativas de libertad.

El tipo de delitos más comunes de los instruidos fueron las lesiones -46%-, contra la libertad -13%-, contra la integridad moral -7%- o contra los derechos y deberes familiares -3%-.

Respecto a los asuntos civiles ingresados en los juzgados de violencia sobre la mujer, en su primer año de funcionamiento, fueron de 13.038, de los que el 34 por ciento fueron divorcios no consensuados, y el 16 %, casos de guarda, custodia o alimentos.