El Juzgado de Instrucción número 1 de Benidorm ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa abierta contra el exalcalde socialista de Benidorm, Agustín Navarro, la exconcejala del PSOE Mariola Fluvià y otros técnicos del Ayuntamiento al no apreciar irregularidades en la contratación de los opinómetros en 2010.

Cabe recordar que el exprimer edil declaró ante el juez el pasado año por un supuesto delito de prevaricación por la adquisición de 19 «opinómetros» para sondear a los vecinos, adjudicado en 2010 a una empresa vinculada a las campañas del PSOE. También estaba investigada la exconcejal de Contratación, Mariola Fluviá (PSOE); el funcionario jefe de este mismo departamento; y los empresarios Carlos Bisquert Martínez y Alberto Gomar Pascual, este último, responsable de la agencia Crespo Gomar, que organizó las campañas electorales del PSOE en 2007 y 2011, y que era socio de Opinomedia, la empresa a la que se adjudicó la compra de estos aparatos para hacer encuestas.

El auto, al que ha tenido acceso este diario, recoge que, durante la investigación se ha comprobado que el expediente de contratación del suministro del sistema de comunicación TIC (los conocidos 19 opinómetros que se instalaron en la ciudad para conocer la opinión de los vecinos) "constaba de un pliego de condiciones" que estaba "redactado y firmado" por el jefe del servicio de contratación, un técnico de la administración y un asesor jurídico y que dicho pliego "era conforme al modelo elaborado por el Ministerior de Economía y Hacienda".

Además apunta que el expediente "se tramitó con carácter de urgencia por aplicación" de la ley ya que la financiación para su instalación procedía del fondo estatal de empleo y sostenibilidad local. Y también que había un informe técnico de fiscalización del Ayuntamiento que "era favorable" y, por ello, "procedía la tramitación".

La resolución recalca que también se ajusta a la legalidad el plazo de ejecución del contrato que era de ocho meses. Con todo, la juez añade que "no se aprecia que existiera sobre cote comparando" estos opinómetros con los de Málaga que también eran de la misma empresa.

Por todo ello, el auto indica que los hechos "no pueden ser constitutivos de infracción penal" porque las "irregularidades indiciariamente suspectibles de investigación" no lo son además de que en el proceso de contratación por el que el Ayuntamiento adjudicó en aquel momento a la empresa Opino Media el contrato de estos opinómetros "no se aprecia irregularidad ninguna". Además recalca que la adjudicación se hizo conforme a la propuesta de la Mesa de Contratación, por lo que el papel del exalcalde Agustín Navarro tampoco había sido irregular junto al del coordinador de atención ciudadana ni en los miembros de esa mesa de contratación ni de la presidenta de la misma, la exedil Mariola Fluvià.

La resolución no es firme y frente a ella cabe recurso ante el mismo juzgado de Benidorm en el plazo de tres días.