Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Benidorm

El Supremo abre la puerta a que vecinos de Benidorm reclamen las tasas por urbanizar la subzona C

El alto tribunal no ve «error judicial» en la sentencia que obliga a devolver a 13 residentes del barrio sus contribuciones especiales

Imagen de archivo de una protesta de los vecinos de la subzona C por las tasas especiales. david revenga

Nuevo foco de esperanza para los vecinos de la subzona C de Benidorm. El Tribunal Supremo (TS) no ve «error judicial» en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que obligó al Ayuntamiento a devolver a trece residentes las contribuciones especiales que abonaron por las obras de urbanización de sus calles. Así se expone en una sentencia a la que tuvo acceso ayer este diario y que fue emitida hace unos días por la alta sala dentro del procedimiento abierto por el Consistorio, el pasado verano, para declarar nula la decisión tomada por el máximo órgano judicial autonómico. Un camino iniciado por el gobierno local del PP que ha terminado por volverse en su contra ya que el fallo del Supremo abre la puerta a que el resto de afectados también reclamen la revisión de sus casos.

De hecho, en el auto del Supremo se hace alusión a las sentencias del resto de afectados por el pago de contribuciones especiales dentro del proyecto de urbanización de la subzona C de Benidorm. Unos procedimientos judiciales que siempre dieron la razón al Ayuntamiento frente a los vecinos, manteniendo así que estos debían abonar la totalidad de las tasas. Sin embargo, en el fallo del alto tribunal se abre una vía de esperanza para los residentes que no ganaron al Consistorio en su particular batalla. Según se indica en el documento, esos procesos «no entraron a analizar la cuestión de la cobertura jurídica de las contribuciones especiales que fueron objeto de los pleitos, sino que trataron cuestiones como la prescripción, la necesidad o no de publicación de las contribuciones especiales o como los efectos del consentimiento de los contribuyentes con las liquidaciones provisionales».

O dicho de otra forma, que sólo los 13 vecinos que ganaron al Ayuntamiento en esta cruzada dieron con la clave para hacerlo. El quid de la cuestión no es otro que el Proyecto de Urbanización del Programa de Actuación Integrada de la Subzona C fase II del Plan General. Este plan se aprobó por decreto de la Alcaldía de Benidorm de 20 de septiembre de 2000 pero nunca llegó a realizarse bajo este marco. De hecho, dos meses después, el 28 de noviembre de ese mismo año, el pleno adoptó un acuerdo para realizar la citada actuación.

Sin amparo legal

Un cambio que dejó sin amparo legal las contribuciones especiales impuestas a los vecinos de la subzona C, según se apunta en el auto del Supremo. «Se trataba de una liquidación de contribuciones especiales giradas al amparo del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 28 de noviembre de 2000, y no al amparo del Proyecto de Urbanización aprobado por decreto de la Alcaldía de Benidorm de 20 de septiembre de 2000», se indica en el escrito al que tuvo acceso ayer este diario a la vez que recalca que la sentencia examinada, a petición del Ayuntamiento de Benidorm, considera nula la liquidación de las tasas por la «falta de cobertura jurídica» para su imposición.

Esa ausencia de cobertura jurídica la funda en el hecho de que una sentencia de 2015 declaró la nulidad de dicho proyecto de urbanización -aprobado mediante decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Benidorm de 20 de septiembre de 2000- al carecer a su vez de cobertura jurídica al no existir un Plan de Actuación Integrada aprobado en el que sustentarse. Pese a ello, las contribuciones especiales se impusieron al amparo de este proyecto enmarcado dentro de un proyecto de urbanización. De lo contrario se estaría ante un proyecto de obra ordinaria independiente del PAI, que tenga por objeto ejecución de obras puntuales de mejora a financiar mediante contribuciones especiales. Que no era el caso.

Por todo ello, la última palabra del Supremo avala la decisión del TSJCV y ratifica la victoria de 13 vecinos. A la vez, da alas al resto de afectados para que pidan la revisión de sus casos. Algo que, según informaron ayer desde la asociación de vecinos, ya están poniendo en marcha por la vía judicial después de que el Ayuntamiento desestimara revisar sus contribuciones.

La edil de Hacienda, Lourdes Caselles, dijo ayer no tener constancia de esta sentencia y recordó todas las veces que los tribunales han fallado a favor del Ayuntamiento en este asunto para justificar la desestimación a la solicitud del resto de vecinos afectados de examinar sus casos. Por su parte, la portavoz de Liberales, Gema Amor, calificó de «nuevo varapalo judicial» para el Ayuntamiento la sentencia del TS y exigió al gobierno local del PP que «abandone la persecución a los vecinos de la subzona» al igual que pidió al resto de la Corporación que no «seguidismo a la fallida estrategia judicial y su obsesión enfermiza». «Liberales ha sido el único grupo político que ha votado en contra de esta desesperada persecución a los vecinos de la subzona», recordó la concejal liberal.

Lo último en INF+

Compartir el artículo

stats