Cuarenta mil euros de indemnización y la readmisión del trabajador es la sentencia que ha dictado el juzgado de lo Social 2 de Elche a raíz del despido de un empleado que se había presentado a las elecciones sindicales por Comisiones Obreras (CC OO). Los hechos ocurrieron en una mercantil dedicada al negocio de los alquileres de vivienda en Santa Pola. El argumento de la resolución es que fue despedido por encabezar la lista del sindicato, lo que «supuso una violación de su derecho constitucional a la libertad sindical, tanto en su vertiente de actividad sindical como de indemnidad, por lo que debe declararse la nulidad del despido», explica Comisiones en una nota.

El trabajador puso a través del sindicato la demanda en julio. Según CC OO, él no fue el único damnificado pues «no solo fue despedido él. Finalmente se llevaron a cabo las elecciones sindicales cuando habían sido ya despedidos cuatro miembros de la candidatura de CC OO, lo que cabe considerar como una distorsión evidente en la representación unitaria de que disponen el resto de trabajadores de la empresa», añade la nota.

Los hechos comenzaron en 2017 cuando el trabajador, «junto a otros compañeros, acudió a CC OO para estudiar la opción de convocar elecciones sindicales, ya que tras la subrogación en marzo de ese año, eran constantes las quejas de los trabajadores en materia de falta de personal, trabajo excesivo y realización y abono de horas extras, por lo que finalmente se celebraron elecciones en enero del presente año». El sindicato añade que «una vez la empresa conoció la existencia de una candidatura sindical, inició un conjunto de actuaciones para evitar que tuviera éxito. Fomentó la constitución y presentación de una candidatura alternativa independiente, en la que se incluyeron inicialmente cuadros intermedios de la empresa que después fueron retirados».

En diciembre de 2018, 11 días después de que la empresa tuviera conocimiento de la candidatura de CC OO, dirigió carta de despido al cabeza de lista sindical argumentando causas objetivas «falsas, ya que el trabajador había realizado su mismo trabajo desde hacía más de 10 años: la carta era una excusa motivada por la actividad sindical», dice el sindicato.

Votación

En noviembre y diciembre de 2018 se despidió a otros dos miembros de la candidatura, «también con hechos inciertos. Lo mismo cinco días después de la votación con una afiliada a CC OO que votó en las elecciones, quien presentó demanda por vulneración de derechos fundamentales. En los tres casos, en los actos de conciliación la empresa reconoció la improcedencia de los despidos. Por otra parte, otra de las candidatas a la lista, de baja médica en el momento de los despidos de sus compañeros, denunció acoso entre la fecha del alta del primer periodo de baja y la baja del segundo, lo que le provocó una situación de tal ansiedad que fue la que hizo que solicitara la baja médica. Y otra trabajadora, a su vez, presentó denuncia ante la Inspección de Trabajo por sufrir acoso laboral por parte la directora y apoderada» de la mercantil.

«La falta clara de respeto de la empresa por los trabajadores y su representación legal, no queda ahí, incluso el abogado contratado para seguir el proceso electoral reconoció en su testimonio sentirse "totalmente manipulado" por la empresa y que la misma llevó a cabo los despidos con el fin preconcebido de que no resultara vencedora la lista de CC OO».