Los edificios tanto públicos como privados de Santa Pola podrán disponer en la cubierta de los inmuebles tanto de condensadores como compresores, es decir, mecanismos para aumentar la capacidad eléctrica y la presión, respectivamente. Estas son algunas de las inclusiones que el Ayuntamiento de Santa Pola ha hecho en la ordenanza de Edificación y Uso del Suelo, cuyas modificaciones de algunos artículos se han aprobado en pleno extraordinario después de pasar el período de 45 días de exposición pública .

Si ya la vigente ordenanza regula el uso de aires acondicionados, extractores o antenas en las fachadas de los edificios, que quedan prohibidas si se colocan con posterioridad a la creación de esta normativa municipal, había algunos puntos que no quedaban clarificados y que a petición de los técnicos municipales se han puntualizado.

De este modo, tanto compresores y condensadores podrán instalarse en la cubierta de los edificios, siempre y cuando se cumplan las condiciones de seguridad, salubridad y estabilidad, criterios que se regularán colocando protectores o barandillas a estos elementos.

Dentro de las modificaciones, esta ordenanza incluye también un nuevo apartado en temas de ventilación. A partir de ahora se regularán con más detalle las medidas de seguridad que deben tomarse en los trasteros de las viviendas.Si el conjunto de desvanes no supera los 50 metros cuadrados se considera sector de incendios de aparcamiento, y no será necesario utilizar puertas de salida especial, mientras que si supera estas dimensiones hasta los cien metros habría un riesgo bajo de incendios y debería delimitarse por elementos separadores «EI90», indicador de resistencia, y puertas de acceso a la zona. Estas resistencias al fuego aumentarán conforme el tamaño del trastero para aquellos que estén entre los 100 y los 500 metros, o que superen esta extensión.

En estos dos últimos se trataría de zonas de riesgo medio y alto de incendios y deberán contar con un vestíbulo de independencia, es decir, con unas escaleras de emergencias que aislen del humo y el fuego reguladas mediante el Código Técnico de Edificación. A partir de ahora se incluye otro punto en materia de seguridad en caso de incendios, ya que en caso de que los servicios públicos no puedan garantizar un abastecimiento de agua desde la red general, será necesario instalar en el edificio un depósito que tenga una capacidad y bombeo suficiente para sofocar el fuego, regulación que también emana del Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.

Jugando con la línea estética, la nueva ordenanza amplia el tipo de materiales para construir pérgolas y aparcamientos en las viviendas unifamiliares que estén agrupadas, ya que se permite que sean materiales de policarbonato, cerámico, teja o metálicos cuando hasta el momento sólo se permitían el brezo, cañizo, elementos vegetales o textiles, aunque deberá emplearse solo para aparcamientos y tendrán que estar separados de la vivienda.

Por otro lado, también se puntualiza el tipo de duchas que se pueden utilizar junto a las piscinas en espacios abiertos, ya que queda prohibido, según la ordenanza, que estas zonas de baño tengan ningún tipo de cerramiento.